Servicios Sociales modifica el sistema de ingreso en residencias de discapacidad "para adaptarlo a nuevas situaciones"

Actualizado: sábado, 15 diciembre 2007 15:52

LOGROÑO, 15 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Servicios Sociales informó, a través de un comunicado, de que ha modificado la Orden que establece el sistema de ingreso en residencias para personas con discapacidad, "con el fin de incluir dos nuevas tipologías y, al mismo tiempo, adaptar las plazas que conforman la red pública a los diferentes diagnósticos y situaciones existentes".

El Boletín Oficial de La Rioja publica hoy la nueva disposición, en la que se reflejan las plazas para personas con discapacidad intelectual leve o moderado y las plazas para personas con diagnóstico de autismo y afines, las dos nuevas tipologías de plazas de alojamiento públicas que ofrece la red de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Así, la clasificación de las plazas públicas de alojamiento para personas con discapacidad se divide, en atención a los diagnósticos, en plazas para personas con discapacidad intelectual leve o moderada; plazas para personas con discapacidad intelectual moderada con una discapacidad física o sensorial grave asociada; plazas para personas con discapacidad intelectual profunda o severa; plazas para personas con parálisis cerebral u otras deficiencias afines y plazas para personas con diagnóstico de autismo y afines.

"De igual forma, con el fin de mejorar la gestión y favorecer el acceso a estos recursos por parte de los riojanos, se han modificado los artículos relativos a los requisitos de acceso a las plazas y a los requisitos y el procedimiento de las estancias temporales, así como el artículo que regula la edad límite de permanencia en el centro de las persona usuarias", añadió el Ejecutivo.

Así, en cuanto a los requisitos de ingreso, la Orden establece como requisitos, en primer lugar, tener reconocido por el Centro de Valoración de la Discapacidad y Dependencia, o por el órgano competente de cada Comunidad Autónoma, un grado de minusvalía igual o superior a 33 por ciento y un diagnóstico de acuerdo a la clasificación de las plazas señaladas.

También, Precisar la atención en un centro residencial especializado para personas con discapacidad, un requisito que en el caso de las personas mayores de 60 años se acreditará a través del Programa de Atención Individualizada (PIA).

Acreditar la residencia efectiva en La Rioja, a través del empadronamiento, al menos con dos años de antelación a la fecha de presentación de la solicitud. No obstante, este requisito se exime para los nacidos en el territorio de La Rioja que por motivos de su discapacidad residan fuera del territorio de la comunidad.

Tener una edad comprendida, en el momento de formalizar la solicitud, entre 18 y 60 años. Añadió, que los mayores de 60 podrán acceder cuando así lo determine su PIA.

Tener un estado de salud que no requiera la adopción de medidas de salud pública que impliquen aislamiento y medidas extraordinarias para impedir la transmisión.

No padecer trastornos graves y continuados de conducta y/o comportamientos que puedan distorsionar gravemente el funcionamiento del centro o la normal convivencia en el mismo.

Por otra parte, indicó el Gobierno, "y como novedad a modo de respiro familiar", podrán solicitarse estancias temporales por un periodo mínimo de tres y máximo de siete días naturales, incluyendo siempre un fin de semana.

Además, añadió, "se simplifica el proceso de tramitación para acceder a estas plazas, ya que éste se realizará directamente desde el servicio competente, sin necesidad de que la personas sea de nuevo evaluada por el Centro de Valoración de la Discapacidad y Dependencia".

Finalmente, el artículo relativo a la edad límite de estancia en el centro, que se establece en 60 años, se modifica para ampliarla hasta los 65 años, revisable anualmente, siempre y cuando el preceptivo Programa Individual de Atención de la situación de dependencia de esa persona determine que dicho recurso constituye la modalidad de intervención adecuada a sus necesidades.

Una vez cumplida la edad máxima de 65 años, el usuario podrá permanecer en el centro siempre que formalice la oportuna solicitud de ingreso en residencia para personas mayores y en tanto en cuanto no le sea concedido el ingreso en la misma. El ingreso en residencia de personas mayores se instruirá y resolverá conforme a la normativa vigente en esta materia.