Ayuntamiento sanciona con 2.400 euros a 20 vecinos por tenencia ilícita de perros potencialmente peligrosos

Europa Press Madrid
Actualizado: martes, 24 enero 2012 16:58

ALCORCÓN 24 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Alcorcón, a través de la Concejalía de Mayores, Salud y Mercados, ha anunciado este martes la tramitación de 20 sanciones de carácter "muy grave" contra vecinos de la localidad por no tener en regla las licencias de perros potencialmente peligrosos, lo que les ha supuesto una sanción a cada uno de ellos de 2.400 euros.

El concejal del área, Antonio Ramírez, ha dado cuenta en la sesión ordinaria de la Junta de Gobierno de la puesta al día de las actividades relativas a la posesión de animales peligrosos. Para ello, se ha creado un nuevo Registro de Perros Potencialmente Peligrosos (PPP), del que se extrae la tramitación de 52 licencias de perros de estas características, 37 de ellas con resolución favorable y 15 en trámite en la Asesoría Jurídica.

Asimismo, se han tramitado 20 sanciones de carácter muy grave y se encuentran en proceso de tramitación aquellas de carácter grave tanto de perros potencialmente peligrosos como de aquellos que no lo son.

Estas 20 sanciones se han interpuesto ante la no posesión por parte de los propietarios de la licencia obligatoria necesaria para poseer perros de este tipo, en cumplimiento de la Ley 50/1999 de 23 de diciembre y del Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se regula esta ley.

Las razas que marca el Real Decreto como perros potencialmente peligrosos son Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro y Tosa Inu.

COMPETENCIAS

Por otra parte, Antonio Ramírez ha formulado una proposición a la Junta de Gobierno en relación a la delegación de competencias previstas en la Ley Autonómica 5/2002 sobre Drogodependencias y otros Trastornos, en la que ha propuesto delegar en su figura "las facultades precisas para el ejercicio de la facultad sancionadora prevista en la Ley en su artículo 30, cuando se trate de establecimientos a los que les sea de aplicación la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas".

Así, el edil asume las competencias sancionadoras relacionadas con la falta de información en los establecimientos de bares, cafeterías y restaurantes sobre la prohibición legal de adquisición legal y consumo por menores de alcohol, que se suman a las de defensa de los consumidores y usuarios, el control sanitario de productos y servicios, la venta en la vía pública, la protección de animales domésticos y tenencia de animales potencialmente peligrosos.

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