Cobo dice que la admisión a trámite de un recurso contra las cámaras de videovigilancia no significa una resolución en contra

Europa Press Madrid
Actualizado: jueves, 12 junio 2008 15:03

MADRID 12 Jun. (EUROPA PRESS) -

El vicealcalde de Madrid, Manuel Cobo, recordó hoy que la admisión a trámite por parte del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de un recurso contencioso interpuesto de manera conjunta por la Defensa de los Derechos de las Prostitutas (Hetaira), la asociación Preeminencia del Derecho y el abogado José Luis Mazón contra la instalación de 31 cámaras en la calle Montera y alrededores no significa que vaya a haber una resolución contraria a dicho sistema de videovigilancia.

Preguntado en la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno sobre esta decisión del TSJM, que se dio a conocer el pasado martes, Cobo admitió no conocerla, pero hizo hincapié en que "la admisión a trámite no implica un resultado final concreto en un procedimiento jurídico".

"Nosotros siempre respetamos a cualquier ciudadano o colectivo que acuda a los tribunales pidiendo la tutela de cualquier derecho, pero a partir de ese momento los tribunales deben decidir, y entre esta admisión a trámite y que se pueda ordenar retirar (las cámaras) habrá un proceso judicial", puntualizó el edil, sin dar más detalles sobre el caso porque admitió no tener esa información.

Los denunciantes alegan en su recurso que la instalación de las cámaras quebranta el derecho a la intimidad de los vecinos de la zona así como la de los viandantes, y critican que la medida "se enmascara en un falso riesgo contra la seguridad pública para tratar de atajar en realidad la prostitución que se ejerce en dichas calles", según informaron fuentes jurídicas a Europa Press.

El alcalde de Madrid, Alberto Ruiz-Gallardón, instaló este sistema, compuesto por 30 cámaras móviles y una fija, hace cuatro meses, después de obtener la autorización por parte de la Comisión de Videovigilancia y con el objetivo de "permitir un mayor control de la zona ante los elevados índices de delincuencia y de erradicar actividades ilegales que se daban en la misma, como pequeños robos y menudeo de drogas", según explicaron en su momento fuentes municipales.

Sin embargo, el 6 de junio pasado, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM requirió al Ayuntamiento, con carácter urgente, que le remita "el expediente administrativo, en original o fotocopia, y cuantos informes y datos estime pertinentes" para acreditar la puesta en marcha de las cámaras el pasado 25 de febrero, así como "la notificación y justificante" del emplazamiento. En una providencia, la Sala da un plazo de cinco días para remitir dicha documentación.

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