MADRID 29 Mar. (EUROPA PRESS) -
La sección 20 de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a la Clínica Moncloa y a la aseguradora Asisa a pagar solidariamente 50.000 euros por la "negligencia" de un médico al diagnosticar y tratar la diverticulitis que sufría una paciente, a la que hubo que volver a ingresar tras ser dada de alta, someterle a dos operaciones e implantarle un ano artificial durante seis meses.
La sentencia, a la que cabe interponer recurso de casación y/o extraordinario por infracción procesal, revoca parcialmente la sentencia del juzgado de primera instancia número 64 de Madrid, estima parcialmente la demanda de la paciente y condena a la Clínica Moncloa y Asisa a que, "de manera solidaria, abonen a la demandada la cantidad total de 50.000 euros, cantidad en la que ha de considerarse los 14.430 euros concedidos en la sentencia de primera instancia".
"La cantidad total concedida devengará los intereses legales desde la fecha de interpelación judicial sin imposición de las costas causadas en primera instancia a ninguna de las partes", indica la sentencia.
En los Fundamentos jurídicos se relata que la demandante sostenía que se había dado una "negligencia médica" tras su ingreso en urgencias, donde se produjo un "error de diagnóstico, tratamiento inadecuado y alta médica improcedente" porque "transcurridos dos días desde que abandonó la clínica la "diverticulitis aguda que padecía siguió evolucionando" y provocó la "perforación del divertículo y el proceso se transformó en una peritonitis purulenta" teniendo que ser ingresada nuevamente en el Hospital universitario La Paz con diagnóstico de "peritonitis generalizada".
Como consecuencia, la paciente fue sometida a "dos intervenciones quirúrgicas, práctica de colostomación, implantación de un ano artificial durante 6 meses" y tuvo "diferentes problemas funcionales".
La sentencia del juzgado de primera instancia condenaba a Asisa al pago de 14.430 euros y absolvía a los demandados de los demás pedimentos formulados en su contra por entender que al encontrarse ante un supuesto de medicina curativa "la obligación exigible al facultativo lo es de medios y no de resultados y los empleados por el doctor y la clínica demandada han sido adecuados".
La demandada recurrió al considerar que la responsabilidad de los demandados es un supuesto de medicina de medios y no de resultados y que el doctor no incurrió en error a de diagnóstico al tratarse de una enfermedad en que tal decisión es difícil de adoptar". También cree que hay "vulneración de la normativa reguladora de la defensa de los consumidores y usuarios" e impugna la "no concesión de los intereses legales reclamados".
Tras describir los hechos acaecidos en el hospital y la actuación del médico, la sentencia dice que la "actuación negligente descrita y que es directamente imputable al doctor demandado se configura en el caso presente como causa directa, suficiente y adecuada para producir el resultados de peritonitis o infección generalizada que finalmente se produjo en la demandante al no haberse detectado a tiempo y aplicado el tratamiento correcto, de manera que sí se da también la relación de causalidad exigida para la viabilidad de la acción ejercitada considerándose la conducta del médico demandado como antecedente suficiente y necesario para la producción de resultado dañoso".