Consejo.- La Comunidad de Madrid aprobó un decreto que regula los depósitos privados de sangre de cordón umbilical

En esta iniciativa, pionera en España, se exigirá el consentimiento de la madre de manera expresa, escrita, libre y consciente

Europa Press Madrid
Actualizado: jueves, 23 marzo 2006 15:13

MADRID, 23 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó hoy un decreto por el que regula la constitución y funcionamiento de depósitos privados de sangre de cordón umbilical en la región, una iniciativa en la que esta comunidad autónoma es pionera dentro de España, según afirmó hoy en rueda de prensa el vicepresidente primero y portavoz, Ignacio González.

González dijo que de esta forma Madrid "se adelanta" a la regulación de "una demanda social" que ya está atendida en otros países de la Unión Europea y que permite la coexistencia de estos bancos con los de titularidad pública "sin ningún tipo de dificultad". A este respecto, opinó que supone dar "la oportunidad de elegir libremente" entre una opción u otra.

De acuerdo con el decreto regional, estos depósitos de iniciativa privada deberán cumplir los requisitos recogidos en la norma y estar previamente autorizados por la Consejería de Sanidad y Consumo. El depósito se efectuará siempre de manera que quede constancia de su carácter voluntario, sin perjuicio del precio o compensación correspondiente a la conservación de los mismos. En este sentido, los establecimientos podrán establecer un régimen de precios que deberá hacerse público.

AUTOIZACIÓN COMO DEPÓSITOS

En concreto, podrán autorizarse como depósitos de sangre procedente de cordón umbilical aquellos establecimientos sanitarios que tengan como finalidad el depósito, procesamiento, la criopreservación, el almacenamiento, el control de calidad de la sangre procedente de cordón umbilical para su utilización terapéutica, sin perjuicio de las investigaciones que puedan realizarse de forma adicional, de acuerdo con la legislación vigente.

La información que deberá ser ofrecida a los usuarios abarcará los aspectos clínicos más relevantes, tales como la posibilidad de su uso para la investigación, las indicaciones según el estado actual de la ciencia, el tiempo durante el cual permanecerá depositada o almacenada, y cuantas otras cuestiones estén relacionadas con la utilidad terapéutica perseguida al realizar dichas operaciones.

Como regla general, el depósito de la sangre procedente de cordón umbilical y de los precursores hematopoyéticos -las células de sangre de cordón que se utilizan para los trasplantes de médula ósea-exigirá el consentimiento de la madre de manera expresa, escrita, libre y consciente.

UN GRAN DEPÓSITO PÚBLICO EN MADRID

Hasta diciembre del año pasado la Comunidad de Madrid disponía de dos depósitos públicos de cordón umbilical, uno ubicado en el Centro de Transfusiones y otro en el Hospital 12 de Octubre. Sin embargo, desde entonces ambos se unificaron en un gran Depósito Público de Cordón Umbilical ubicado en las dependencias del Centro de Transfusiones que la Comunidad de Madrid tiene en el barrio de Valdebernardo (Vicálvaro).

El depósito regional recoge las donaciones anónimas y altruistas de cordón umbilical y permite que cualquier paciente del sistema sanitario público de la Comunidad de Madrid que necesite un trasplante de médula tenga a su disposición no sólo los cordones allí almacenados, sino también los del Banco Internacional en el que está integrado.

El banco público recibe unos 2.200 cordones al año, de los que finalmente se almacenan sólo un 25 por ciento y el resto se desechan tras ser analizados por no cumplir los requisitos necesarios desde el punto de vista clínico. En estos momentos, hay depositados 4.400 cordones, según datos del Gobierno autonómico.

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