Audiencia ratifica la condena de un hombre a 2 años de prisión por vender un coche sin cancelar su préstamo

Europa Press Murcia
Actualizado: sábado, 21 agosto 2010 15:08

MURCIA 21 Ago. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial ha ratificado la pena de un hombre a dos años de prisión por vender un coche ocultando al comprador que el vehículo se encontraba inscrito con limitación de disponibilidad porque lo había adquirido mediante contrato de préstamo de financiación y que seguía vigente al no haber cancelado el préstamo.

Los hechos se remontan al pasado 28 de noviembre de 2006, cuando el acusado, A., vendió un vehículo Audi A4 a E., por 28.000 euros, de los que ya había satisfecho la cantidad de 14.000 euros el día anterior, mediante transferencia bancaria, y pagó otros 12.884 euros el día 30 del mismo mes, también por transferencia bancaria. La cantidad restante de 1.116 euros quedó destinada al pago de impuestos de transmisiones y la tasa de transferencia del vehículo.

Una vez obtenida la documentación y presentada en la Jefatura de Tráfico para obtener la titularidad del vehículo a favor de E., éste no pudo transferirlo a su nombre toda vez que el vehículo se encontraba inscrito con limitación de disponibilidad.

Concretamente, estaba con una reserva de dominio, pues A. lo había adquirido mediante contrato de préstamo de financiación a comprador de bienes muebles. Así se trata de una reserva de dominio que el acusado había ocultado a E., y que seguía vigente al no haber sido cancelado el préstamo. Se trata de una cancelación que tampoco había efectuado A. en los días siguientes a la venta, pese a ser requerido para ello por el comprador.

Por todo ello, el Juzgado de lo Penal número 5 de Murcia condenó al acusado A. a dos años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y al pago de costas, incluidas las de la acusación particular, como autor criminalmente responsable de un delito de estafa.

En concepto de responsabilidad civil, condenó a A. a indemnizar al perjudicado E. con la cantidad que reste por abonar del préstamo financiero contraído en su día por el acusado para cancelar dicho préstamo, más los gastos que ocasiones al perjudicado la transferencia de la titularidad del vehículo a su nombre.

El acusado A. presentó un recurso contra el fallo, pero la Audiencia Provincial decidió desestimarlo.

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