El Ayuntamiento de Murcia abre el plazo para solicitar las ayudas al fomento del empleo y autoempleo

Imagen del concejal de Empleo, Promoción Económica y Turismo, Pedro García Rex
Imagen del concejal de Empleo, Promoción Económica y Turismo, Pedro García Rex - AYUNTAMIENTO DE MURCIA
Publicado: lunes, 8 junio 2020 12:03

MURCIA, 8 Jun. (EUROPA PRESS) -

Desde este lunes y hasta el próximo 30 de octubre, las pymes, micropymes, comunidades de bienes, cooperativas, socios de cooperativas y autónomos del municipio de Murcia podrán solicitar las subvenciones para el fomento del empleo y autoempleo, enmarcadas en el 'Plan Reinicia', que ha puesto en marcha la Concejalía de Empleo, Promoción Económica y Turismo.

El importe máximo de las ayudas asciende a 254.000 euros, de los que 200.000 se destinan a la modalidad de contratación, y 54.000 al autoempleo. Se designa individualmente la cuantía de 2.500 euros a la formalización de nuevos contratos, y 1.500 euros para la nueva inscripción en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

El objetivo de esta línea de ayudas es ayudar al tejido empresarial de Murcia a fomentar el empleo por cuenta ajena de personas desempleadas y de aquellas que quieren emprender una actividad por cuenta propia, o bien entren a formar parte de empresas de economía social, por un mínimo de seis meses.

Las solicitudes se formalizarán según modelo normalizado disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento, en el enlace 'https://sede.murcia.es'. Deberán ir acompañadas de la documentación requerida para acreditar los requisitos establecidos, según los criterios aprobados en la Junta de Gobierno del pasado 22 de mayo, publicados en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) del 6 de junio.

DESTINATARIOS

Las personas destinatarias de estas subvenciones, tanto para contratación como para el autoempleo, deben estar empadronadas en el municipio de Murcia y haber perdido su puesto de trabajo tras el decreto de alarma del pasado 14 de marzo, siendo estos nuevos contratos o altas realizados con posterioridad a la fecha de extinción del contrato.

Para la modalidad de contratación por cuenta ajena, las personas beneficiarias de estas ayudas son las pymes y micropymes que desarrollen su actividad en cualquiera de los siguientes tipos de empresas: persona física, comunidad de bienes, empresas de economía social (cooperativas, sociedades laborales), sociedades mercantiles, entidades sin ánimo de lucro y empresas de inserción, cuyo domicilio fiscal o centro de trabajo se encuentre en el municipio de Murcia.

Las subvenciones en la modalidad de contratación se abonarán en el caso de contratos temporales o de duración determinada, con una duración mínima de seis meses, no estando incluidos los de formación y aprendizaje. Los contratos podrán realizarse a jornada completa o parcial, siempre que no sea inferior al 50% de la jornada laboral a tiempo completo.

También serán objeto de esta subvención los contratos indefinidos que no pertenezcan a la modalidad de fijos discontinuos que se mantengan como mínimo durante 6 meses. Podrán también realizarse a jornada completa o parcial, siempre que ésta no sea inferior al cincuenta por ciento (50%) de la jornada laboral a tiempo completo.

Para la modalidad de autoempleo, se beneficiarán de esta ayuda las personas físicas, miembros de comunidades de bienes o sociedades civiles y socios que se incorporen a empresas de economía social, cuya incorporación requiera el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y cuyo domicilio fiscal o centro de trabajo se encuentre en el municipio de Murcia.

En este caso, podrán recibir la subvención aquellas personas que ejerzan una actividad económica o profesional por cuenta propia a jornada completa, que requiera el alta en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y un mínimo de seis meses, además de los socios de empresas de economía social desempleados, cuyo puesto de trabajo deberá mantenerse también por un periodo de seis meses como mínimo.

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