Una nueva ordenanza del Ayuntamiento de Murcia permitirá abrir un comercio en un plazo de 15 días

Actualizado: miércoles, 21 enero 2009 20:15

MURCIA, 21 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Murcia aprobó hoy el proyecto de la nueva ordenanza sobre 'Medidas de simplificación administrativa en materia de implantación de actividades', que permitirá abrir un comercio en 15 días.

En concreto, la nueva ordenanza prevé dos tipos de trámites diferentes para la apertura de actividades que no entrañen riesgos a terceros y que cumplan los siguientes requisitos: no funcionar en horario nocturno, no necesitar licencia para la venta de alcohol, no ocupar una superficie mayor de 300 metros cuadrados, que no se encuentren en edificios protegidos, y que no estén en suelo no urbanizable ni sujetos a autorización especial de otras Administraciones.

Así, quedarán excluidos de esta nueva ordenanza los bares, pubs, discotecas, grandes talleres de reparación, locutorios y tiendas 24 horas, entre otras, según informó el Consistorio en un comunicado.

Además, la nueva ordenanza contempla dos tipos de licencia. La primera de ellas se refiere a una actuación comunicada, necesaria para negocios inocuos (que no estén sujetos a calificación ambiental como tiendas de ropa, peluquerías, talleres pequeños de reparaciones, oficinas, despachos de lotería) y negocios, en general, que no necesiten de permiso de obra mayor para abrir sus puertas.

Los propietarios de estos negocios tendrán que comunicar al Ayuntamiento 15 días antes que pretenden abrir y deben aportar la documentación que garantice que su negocio se ajusta a la legalidad. De este modo, si todo está correcto el Ayuntamiento no emitirá ningún informe y en 15 días podrá abrir, pero si hay algo incorrecto el Ayuntamiento se lo comunicará al propietario para que lo subsane y Urbanismo realizará inspecciones para comprobar que todo es legal.

El segundo tipo de licencia se refiere a autorización anticipada, que viene a ser una especie de licencia provisional a la que podrán acogerse los propietarios de actividades sujetas a calificación ambiental.

Se trata de negocios casi inocuos que necesitan un informe ambiental por sus dimensiones o por la potencia eléctrica contratada (bancos, joyerías, tiendas de comestibles). Los propietarios deberán presentar un certificado que garantice que su negocio se ajusta a la legalidad, seguro de responsabilidad civil y obtendrán una licencia provisional con la que podrán abrir. Al mismo tiempo, deben tramitar la licencia definitiva siguiendo los pasos que marca la ley.

Con esta ordenanza se agilizará la tramitación de todo tipo de licencias porque al ser más rápido el papeleo necesario para las actividades inocuas se podrá destinar más personal al resto de licencias de apertura. Y es que, el 80 por ciento de los comercios que se abren en el municipio anualmente se ajustan a alguna de las dos modalidades de autorizaciones que prevé la nueva ordenanza.