TC anula la condena impuesta por el Supremo en 2004 a 11 de sus magistrados por inadmisión arbitraria de un recurso

Manuel Jiménez de Parga
EUROPA PRESS
Actualizado: lunes, 10 junio 2013 18:20

MADRID, 10 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Constitucional ha otorgado el amparo a once de los magistrados que integraban este órgano en 2004 y que fueron condenados por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo a pagar cada uno de ellos 500 euros al abogado murciano José Luis Mazón por la inadmisión arbitraria de un recurso presentado por el letrado que cuestionaba la

designación "a dedo" de los letrados del propio TC.

La sentencia, que tiene fecha del pasado 5 de junio declara vulnerado el derecho de todos los magistrados (ninguno de ellos a día de hoy en el tribunal de garantías) a la tutela judicial efectiva y declara la nulidad de la decisión adoptada en su día por el Supremo.

La sentencia del Supremo, dictada en enero de 2004, condenó a la que fuera presidenta Constitucional Emilia Casas Baamonde y a los magistrados Javier Delgado, Elisa Pérez Vera, Eugeni Gay y al fallecido Roberto García-Calvo, así como a los también ya ex miembros de este órgano Manuel Jiménez de Parga (que lo presidía en dicho momento), Tomás Vives, Pablo García Manzano y Pablo Cachón.

El Supremo consideró que los entonces integrantes del Constitucional --todos menos Jorge Rodríguez Zapata, que se incorporó al tribunal después de la polémica decisión-- incurrieron en responsabilidad civil por inadmitir de plano el recurso de amparo del abogado Mazón.

Ahora, el propio TC señala en los fundamentos jurídicos de su sentencia que todos los magistrados decidieron inadmitir el recurso del letrado murciano de conformidad con un concreto precepto de la Ley Orgánica que rige este órgano, "que les habilitaba legalmente para ello", por lo que no incurrieron en ilícito ni en responsabilidad civil alguna.

Aunque lo debatieron, el Supremo no consideró acreditado que los magistrados del Constitucional actuaran con dolo, es decir, con mala fe, al inadmitir el recurso, sino que incurrieron en responsabilidad culposa.

Ello ahorró a los magistrados condenados el tener que plantearse la dimisión, ya que el artículo 23.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional recoge como causa de cese de los magistrados el haber sido declarado responsable civilmente por dolo. También se evitó una compleja solución al problema, ya que dichos ceses deberían ser acordados por mayoría de tres cuartos del Pleno del alto tribunal, integrado por los 11 condenados más Rodríguez Zapata.

El Pleno de la Sala de lo Civil del Supremo, en decisión de la que fue ponente su entonces presidente, impuso a cada uno de los magistrados el pago de 500 euros al abogado, que percibirá un total de 5.500.

Mazón pedía en su recurso una indemnización de 11.000 euros (a razón de 1.000 por cada magistrado), por lo que el Supremo le ha concedido la mitad. Además, el recurrente solicitaba la condena por responsabilidad civil dolosa, o, alternativamente, culposa (es decir, sin mala fe).