11-M.- La cuantía de la multa impuesta a Díaz de Mera se fijó por considerarla suficiente para disuadirle

Actualizado: miércoles, 28 marzo 2007 22:32

MADRID, 28 Mar. (EUROPA PRESS) -

El tribunal del 11-M decidió la cuantía de la multa impuesta al ex director general de la Policía y eurodiputado popular Agustín Díaz de Mera al considerar que los 1.000 euros fijados podían ser suficientes para disuadirle de su intención de no revelar el nombre o número de identificación de la persona que le comunicó la existencia de un informe que relacionaba ETA con los atentados de Madrid, informaron fuentes jurídicas.

El artículo 716 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal especifica que en caso de que un testigo se niegue a contestar a una pregunta pueden imponérsele sanciones de entre 200 y 5.000 euros. Al carecer de referencias de casos anteriores, indicaron las citadas fuentes, los tres magistrados que componen el tribunal acudieron a las disposiciones en materia de graduación de la multa contempladas en el Código Penal. Finalmente, establecieron que imponer una quinta parte de la cantidad mayor prevista por el texto legal era suficiente.

El eurodiputado popular se negó hoy a revelar el nombre o número identificativo del policía que le informó sobre la existencia de un informe secreto que vincula a la banda terrorista con la masacre del 11-M, lo que provocó que el tribunal le impusiera el pago de una multa de 1.000 euros y dedujera testimonio para que se le investigue por un delito de desobediencia grave, en aplicación del artículo 716 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

El tribunal ha solicitado la apertura de esta investigación para que se determine si Díaz de Mera con su actitud habría cometido o no un delito de desobediencia por negarse a revelar los datos identificativos del agente que le habló del informe.

La negativa de Díaz de Mera a revelar su fuente se desencadenó tras la pregunta efecuada por el abogado de la Asociación Ayuda a las Víctimas del 11-M, José María de Pablo, que interrogó al testigo sobre la existencia y contenido de este informe. El ex mando policial había revelado su existencia en una entrevista concedida a un medio de comunicación en septiembre de 2006.

El eurodiputado se enfrenta ahora a la posible apertura en su contra de un procedimiento judicial por el que se enfrenta a una pena de hasta un año de prisión.

La deducción de testimonio será remitida a la Sala de Causas Especiales del Tribunal Supremo que será el encargado de decidir si solicita o no al Parlamento Europeo un suplicatorio para poder juzgar a Díaz de Mera, trámite imprescindible al disfrutar de fuero por su condición de eurodiputado.

Si Estrasburgo responde afirmativamente a la petición, será de nuevo el Supremo el que juzgue si Díez de Mera cometió o no un delito de desobediencia grave por el debe ser penado.