Absueltos los profesores de Córdoba que participaron en una excursión en la que falleció un menor

Actualizado: jueves, 14 septiembre 2006 19:55

GRANADA, 14 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de Instrucción número 2 de Granada ha absuelto de la falta de imprudencia a siete profesores que participaron en una excursión a Sierra Nevada en febrero de 2001 con alumnos del instituto Luis de Góngora de Córdoba, donde un menor perdió la vida al accidentarse con un trineo.

Según la sentencia a la que tuvo acceso hoy Europa Press, los hechos ocurrieron el 23 de febrero de 2001, cuando profesores y alumnos del instituto mencionado se desplazaron a Granada para realizar una excursión cultural en la que estaba incluido visitar Sierra Nevada.

Sobre las 11.15 horas, los dos autocares que servían como medio de desplazamiento desde Córdoba llegaron a Sierra Nevada, donde estaba prevista la permanencia hasta las 13.15 horas.

Allí, dos de los escolares de 16 años alquilaron unos trineos de plástico semirrígido con un grosor de cinco milímetros que llevaban instalado en los laterales dos palancas de plástico que hacían de freno, al accionarlas hacia atrás.

Según declaró en la vista oral uno de los menores, "no recibieron ninguna prohibición para alquilar los trineos y ninguna persona les llamó la atención por hacerlo".

En un momento, uno de los chicos se lanzó del trineo al suelo al comprobar que los frenos no funcionaban, mientras que el otro, sin inmutarse, siguió subido en él y colisionó contra las rocas, lo que le provocó una "fractura frontal abierta con posible lesión intracraneal y neumocefalo, y fractura base del cráneo con posible lesión intracraneal", de pronóstico "muy grave".

Los hechos ocurrieron en la pista Maribel de Sierra Nevada, donde, según Cetursa, empresa que gestiona la estación, existen, al igual que en el resto de pistas, paneles informativos fijos y móviles que prohíben caminar por las pistas y utilizar los trineos.

Finalmente, tras el fallecimiento del chico por muerte cerebral, la familia autorizó la extracción y donación de los órganos. La familia de la víctima solicitó la condena de los acusados, así como una indemnización para los padres del fallecido de 150.253 euros.

El juez no consideró "imprudencia penal" la conducta denunciada, al acompañar gratuitamente los profesores a los alumnos a una actividad extraescolar y voluntaria, para la que se requería autorización previa.

Tal decisión, que no fue adoptada por el juez, podría, según la sentencia, "llevar al desánimo a otros profesionales de la enseñanza huyendo del viaje, como medio educativo, ante el temor de una condena penal.