Eugenio Pino Sánchez declara en la comisión del Congreso sobre la utilización partidista del Ministerio del Interior - EUROPA PRESS - Archivo
MADRID, 12 Jun. (EUROPA PRESS) -
La Acusación Popular que ejerce Podemos ha rebajado este viernes la pena que pide para el exdirector adjunto operativo (DAO) de la Policía en el Gobierno de Rajoy, Eugenio Pino, de 10 años y medio a 6 años y medio de cárcel al entender que el delito de estafa procesal fue en grado de tentativa. Para el subordinado del exDAO, Bonifacio Díez Sevillano, reduce la petición de pena a 5 años al eliminar el delito de falso testimonio.
En el último día de juicio oral contra Pino y Díez Sevillano en la Audiencia Provincial de Madrid por la obtención y custodia de un pendrive con datos de Jordi Pujol Ferrusola, que se trató de incorporar a la investigación de la Audiencia Nacional sobre el patrimonio de la familia del expresidente de la Generalitat, tanto la acusación particular de Pujol Ferrusola como Podemos han mantenido además la acusación de revelación de secretos al entender que ambos "cedieron datos reservados de carácter personal cobijados en ficheros informáticos".
En concreto, el abogado de Pujol Ferrusola, Cristóbal Martell, a elevado a definitivas sus conclusiones tras la declaración de testigos y acusados, y mantiene por tanto la petición de dos años y medio de cárcel para cada uno por esa revelación de secretos.
Sostiene que el pendrive con datos de su patrocinado llegó al exDAO en 2015, y que este encomendó a Díez Sevillano, adscrito a la DAO, que lo trasladara a la Unidad Central de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) para incorporarlo a la causa contra los Pujol, a sabiendas del origen ilícito y apuntando falsariamente a que la procedencia era una entrada y registro en las oficinas de la agencia de detectives Método 3.
Sin embargo, el Ministerio Fiscal, como ya hizo en su escrito de conclusiones preliminares, entiende que "no queda acreditado que los acusados supieran del contenido" del pendrive y que tampoco queda acreditado que hubiera "concierto previo para introducir una prueba de origen falso en un procedimiento judicial". Por ello mantienen la petición de libre absolución de ambos.
LAS ACUSACIONES SE BASAN EN "MERAS SOSPECHAS"
El Ministerio Fiscal ha apuntado este viernes antes de que quedara visto para sentencia que las acusaciones se basan en "meras sospechas". Además, ha dado por posible la tesis de la defensa de Pino, quien en su declaración deslizó que él recibió un pendrive del jefe de Asuntos Internos, Marcelino Martín-Blas en 2012 ó 2013 y que no trasladó ninguna memoria USB en 2015 a la UDEF.
"No queda acreditado que sea el mismo USB que se entregó a la DAO. No hay pericial que diga que es el mismo que llega al final" del procedimiento, ha apuntado el fiscal, para añadir que tampoco ha quedado acreditado que el origen de los archivos contenidos en el pendrive procedan de ordenadores de Pujol Ferrusola.
En su informe, el fiscal ha indicado que tampoco queda acreditado que hubiera concierto entre ambos, que conocieran el contenido del mismo, o que supieran si tenía un origen ilícito. Además, ha afeado a las acusaciones no haber justificado suficientemente los delitos que imputan y subraya que ni hay falso testimonio ni hay estafa procesal: "son interpretaciones".
Y en cuanto al delito de revelación de secretos, sostiene que la acción de ceder a terceros no se da, porque lo que hay es un "traslado" de información entre unidades policiales, y no a terceros como pudiera ser un medio de comunicación. "Por todo ello, ratificando el informe preliminar, no quedan acreditados los hechos y no concurren los delitos(..). Solicito la absolución de los acusados", ha concluido.
DATOS RESERVADOS DE CARÁCTER PERSONAL
Pero para la acusación particular, sí que se dio una cesión de datos reservados de carácter personal dado que el objeto material es "la copia ilícita de la vida universal informática de Jordi Pujol Ferrusola de 1997 a 2002". Y añade que contenía viajes vacacionales, regalos de navidad, pésames y cartas personales, entre otros.
Al hilo, ha recordado que este extremo es "patentizador de que aquel objeto material constriñe el artículo 197" del Código Penal relativo a secretos por intimidad. Y ha avisado de que la vida económica también se considera parte del concepto de intimidad.
Además, tras fundamentar el delito ha apuntado que es un hecho probado que Díez Sevillano dio el pendrive al jefe de la UDEF Manuel Vázquez --algo que confirmó este último en la sesión del jueves--, y ha apuntado que de hecho cuando desde esta unidad tratan de hallar el origen de la memoria USB escriben un correo a Díez Sevillano con la siguiente frase: "No hace falta que digas como lo conseguiste, di sólo de dónde viene".
Asimismo, ha argumentado que tanto Pino como Sevillano conocieron lo que había en el pendrive, y por tanto hay elemento de conocimiento del origen ilícito puesto que ese tipo de información , o se consigue por medio de un juez o "no se puede tener".