(Ampl.) El CGPJ abre un segundo expediente disciplinario al juez Ferrín por retrasar una adopción entre lesbianas

Se rechaza la pretensión de dos vocales de la minoría para dar cuenta de su actuación a la Fiscalía General del Estado.

Europa Press Nacional
Actualizado: miércoles, 26 septiembre 2007 18:39

MADRID, 26 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobó hoy por unanimidad, a propuesta del Servicio de Inspección de este órgano, la incoación de un expediente disciplinario contra el juez de Primera Instancia número 9 de Murcia, Fernando Ferrín Calamita, por una falta grave de retraso injustificado en la tramitación de un expediente de adopción de una niña por la cónyuge de su madre, informaron fuentes del Consejo.

Durante la discusión de este asunto, dos de las vocales que integran la Comisión Disciplinaria, Montserrat Comas y María Ángeles García, ambas de la denominada "minoría progresista", propusieron dar cuenta de la actuación de Ferrín a la Fiscalía General del Estado para que estudiara si de su actuación podría desprenderse un delito de retraso malicioso en la tramitación judicial de este asunto.

Esta iniciativa recibió el voto en contra de los dos vocales de la denominada minoría conservadora en esta Comisión. El quinto vocal presente en esta sesión el "progresista" Javier Martínez Lázaro, tampoco apoyó la denuncia por considerar que era muy pronto para realizarla, ya que el expediente disciplinario aún tiene que tramitarse y en el curso de estas actuaciones ya está presente un miembro del Ministerio Público.

ARCHIVADA UNA TERCERA QUEJA.

En la misma comisión se aprobó, igualmente por unanimidad, archivar otra denuncia contra este mismo juez interpuesta por un hombre que, basándose en su condición de médico, aseguraba que Ferrín puede estar incapacitado psicológicamente para ejercer su función. Se quejaba de las medidas cautelares dictadas por el juez durante la tramitación de su divorcio, por lo que, al tratarse de una cuestión jurisdiccional, no entra dentro de las funciones disciplinarias del CGPJ, según las mismas fuentes.

Se da la circunstancia de que el CGPJ ya acordó el pasado 25 de julio la incoación de un primer un expediente disciplinario contra este juez por falta grave del artículo 418.6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), por las "expresiones innecesarias" vertidas en el auto en el que otorgaba la custodia de dos niñas al padre porque la madre mantenía una relación lésbica.

En este nuevo caso, otra mujer denunció que el procedimiento de adopción de la hija de su pareja, "que para cualquier pareja heterosexual hubiera resultado rutinario, ágil y sencillo", se convirtió para ella y su cónyuge en "un vía crucis de trabas y de dilaciones absolutamente injustificadas donde el juez adopta decisiones absolutamente escandalosas, discriminatorias e inauditas".

De acuerdo con esta denuncia, el CGPJ ha acordado la apertura de un expediente disciplinario a Fernando Ferrín Calamita por la comisión de una falta grave de retraso injustificado, prevista en el artículo 418.11 de la LOPJ. Se ha nombrado un magistrado instructor que deberá hacer una propuesta de sanción o archivo del expediente antes de los seis próximos meses,

PIDIÓ INFORMES "INNECESARIOS".

Tras estudiar la denuncia, el Servicio de Inspección del CGPJ señaló en su informe que la tramitación del expediente de adopción, iniciado en mayo de 2006, se demoró, por primera vez, tras recibirse el informe favorable del Ministerio Fiscal el 21 de septiembre de ese año. En dicha ocasión, en vez de acordar la adopción, Ferrín Calamita solicitó un nuevo informe al Jefe de Servicio de Protección del Menor, que lo remitió al Juzgado el pasado 4 de junio.

Pero resulta que aquí tampoco se dictó la resolución definitiva, sino que ésta se volvió a dilatar tras pedir Ferrín Calamita una ampliación de su informe inicial a la psicóloga adscrita al Juzgado, a la que se concedió un plazo de diez días. Transcurrido este tiempo sin que se presentara dicha ampliación, Ferrín prescindió del trámite "con la llamativa frase de que 'en el fondo es innecesario'". Después se declararon los autos conclusos para dictar resolución "cosa que tampoco se hace porque se va a plantear una cuestión de inconstitucionalidad y se deja en suspenso el dictado de la misma", según destaca la Inspección.

"Creemos que resulta cuanto menos, incongruente y sobre todo (...), dilatorio, el acordar la práctica de una diligencia que luego se califica como innecesaria", señalaba la propuesta de la Inspección, que propuso incoación de un expediente disciplinario por la comisión de una falta grave de retraso injustificado.

Además, la Comisión Disciplinaria acordó archivar la información previa realizada por el Servicio de Inspección a raíz de la denuncia de un particular, un hombre que se siente perjudicado porque, entre otras actuaciones, se le embargó el sueldo en previsión de que no pagara a su esposa la pensión alimenticia por sus hijos.

Este hombre también pedía que se comprobara la capacidad de Ferrín Calamita para el ejercicio de su trabajo al apreciar, en su condición de médico, que el juez presentaba un temblor "muy característico" en los casos de psicosis.

A este respecto, el CGPJ entiende que lo que realmente se discute en esta queja es el acierto o desacierto del auto de medidas cautelares, por lo que, al tratarse de una cuestión jurisdiccional, queda fuera de las competencias disciplinarias del CGPJ.

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