AMPL.- Tribunal de Jurado declara culpable de asesinato a un hombre acusado de matar a su amigo en Gran Canaria

Europa Press Nacional
Actualizado: jueves, 2 octubre 2008 15:35

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA 2 Oct. (EUROPA PRESS) -

Un Tribunal de Jurado consideró hoy por unanimidad culpable de un presunto delito de asesinato a un hombre acusado de matar a su amigo en Las Palmas de Gran Canaria a quien asestó dos puñaladas en el cuello que le seccionaron completamente la traquea y le causaron la muerte, al estar bajo el síndrome de abstinencia debido al consumo de drogas.

En la última sesión del juicio celebrado en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas y que ha quedado visto para sentencia, los jurados dictaron su veredicto en el que consideraron probado que en torno a las cuatro de la madrugada del día 12 de abril de 2007, el acusado, L.R.V., de 39 años de edad, accedió al interior del domicilio de su amigo, ubicado en la Plaza del Barranco de La Ballena de esta capital, y le dio dos cuchilladas profundas en el cuello con un cuchillo de unos 20 centímetros de longitud.

El Tribunal de Jurado considera culpable al procesado por las pruebas aportadas durante el juicio y su declaración, así como estiman que concurre en él --privado de libertad por estos hechos desde el 14 de abril del pasado año-- la circunstancia atenuante de arrepentimiento espontáneo y la eximente incompleta de enajenación mental.

Igualmente, creen que no hay ninguna prueba que vincule este caso con el segundo juicio por presunta agresión sexual del hombre condenado por la violación y asesinato de la hermana de L.R.V. hace veinte años, así como rechazaron la petición de indulto en la sentencia porque entienden que L.R.V. era "conciente" en el momento de los hechos y no tiene intención de reinsertarse en la sociedad.

Creen probado que el acusado acudió al domicilio de la víctima con la intención de requerir a éste por motivos que se desconocen, aunque no consideran probado que una vez en el citado domicilio acometió a su amigo con puñetazos, intentando la víctima huir de su domicilio sin que llegara a lograrlo al ser agarrado fuertemente por el cuello por el acusado.

Los jurados sostienen que el acusado trasladó a la víctima hasta un sofá existente en el salón de la vivienda, donde éste quedó semiinconsciente a resultas de los golpes recibidos y no presentaba heridas de autodefensa.

INDEFENSIÓN DE LA VÍCTIMA

Acto seguido el acusado se dirigió hasta la cocina donde tomó un cuchillo de unos 20 centímetros de longitud, con el que regresó hasta el salón, tal como reconoció en su declaración, y, con el propósito de acabar con la vida de su amigo, le dio dos cuchilladas profundas en la zona del cuello que le seccionaron completamente la tráquea, causando la muerte por anoxia anóxica.

Creen que el acusado se prevalió de la absoluta situación de indefensión en que se encontraba la víctima y abandonó al poco tiempo el citado domicilio, vagando durante todo el día 12 por las calles de la ciudad hasta que sobre las 02.40 horas del día 13 de abril se personó en dependencias de la Jefatura Superior de Policía de Canarias manifestando que había matado a su amigo, sin que en aquel momento se tuviera conocimiento de la muerte de éste.

En este sentido, consideran que en el momento de producirse los hechos el acusado presentaba un cuadro de trastorno psicótico inducido por abstinencia a opiáceos (sustancia estupefaciente a la que es adicto a larga duración), circunstancia ésta que si bien no anulaba completamente sus facultades cognoscitivas y volitivas sí las reducía notablemente.

LA MUERTE DE CATHAYSA

Respecto al hecho principal de la defensa, los jurados consideran probado por unanimidad que el acusado es consumidor habitual de cannabis, tabaco y alcohol desde los 14 años y, posteriormente, desde los 20 años, período que coincidía con la violación y asesinato de su hermana Cathaysa, adicto a sustancias psicoactivas como cocaína, heroína y crac, con cortos períodos de intentos de deshabituación.

Sin embargo, aseguran que "no hay ninguna prueba" que vincule la muerte de la hermana del procesado con el crimen de la menor en Parque Atlántico, en la capital grancanaria, por Jesús Hernández Renes, un suceso que conmocionó hace 20 años a la sociedad canaria, y por el que Renes fue condenado a 46 años de prisión y quedó en libertad tras cumplir 16. Una vez en la calle este varón cometió otra agresión sexual contra una menor en Madrid y fue condenado a 14 años de prisión.

El mismo día que se celebraba este segundo juicio, el 12 de abril de 2007, el hermano de Cathaysa se entregó a la Policía Nacional por haber matado a su amigo en la casa de éste en la plaza del Barranco de La Ballena, en la capital grancanaria. El acusado, según el veredicto, ejecutó "directa y materialmente" los actos necesarios para acabar con la vida de su amigo.

PIDIÓ PERDÓN

En su última intervención en el juicio, el acusado quiso pedir "perdón" a su familia, aunque sabe que "ya es tarde", al tiempo que insistió en que "nunca" ha amenazado a ninguno de sus familiares "con un cuchillo, sino de palabra".

Según el Ministerio Público, en el momento de producirse los hechos, el acusado presentaba un cuadro de trastorno psicótico inducido por abstinencia a opiáceos, circunstancia ésta que si bien no anulaba completamente sus facultades cognoscitivas y volitivas sí las reducía notablemente.

En este sentido, añade que concurre en el acusado la circunstancia atenuante de arrepentimiento espontáneo y la eximente incompleta de enajenación mental. Por ello, considera que procede imponer a L.R.V. la pena de 12 años de prisión, inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, así como la obligación de indemnizar a los herederos legales de la víctima en la cantidad de 40.000 euros.

Por su parte, la acusación particular, Luis Val, en representación de la madre de la víctima, redujo para él la pena de 17 a 14 años de cárcel por un presunto delito de asesinato con la eximente incompleta de enajenación, y mantuvo que una vez que cumpla la pena se le prohíba residir cerca de la familia del fallecido durante 27 años y que les indemnice con 150.000 euros. En todo caso, anunció que recurrirá la sentencia.

En cambio, el letrado de la defensa, Félix Aranda, sostiene que el acusado era consumidor habitual de cannabis, modificó su petición y, en lugar de solicitar la absolución para su cliente o la pena de 2 años y 6 meses de prisión por un presunto delito de homicidio como hice en sus conclusiones provisionales, pidió una condena de 3 años y nueve meses por presunto asesinato.

Contenido patrocinado