La Audiencia Nacional condena a cuatro miembros del GRAPO a 17 años de prisión por atracar un supermercado en Cantabria

Les absuelve del delito de atentado contra agentes de la autoridad por un tiroteo que mantuvieron con guardias civiles

Europa Press Nacional
Actualizado: jueves, 2 noviembre 2006 18:41

MADRID, 2 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a los miembros del GRAPO Jesús Merino del Viejo, Mónica Refojos Pérez, Josefa María Baños Andújar y Santiago Francisco Rodríguez Muñoz a 17 años de prisión por atracar un supermercado de la localidad de Maliaño (Cantabria) el día 6 de noviembre de 2001, del que sustrajeron 68.725 euros para financiar a la banda.

En una sentencia hecha pública hoy, el tribunal les impone esta pena por un delito de pertenencia a organización terrorista y de robo con intimidación con armas con finalidad terrorista. El fiscal también pedía que se condenase a otros diez años de prisión, por un delito de atentado contra agentes de la autoridad, a Merino del Viejo y Rodríguez Muñoz, por un tiroteo que se produjo con tres guardias civiles tras el robo.

Sin embargo, el tribunal les absuelve de este delito, al no haber quedado acreditado quiénes participaron en el enfrentamiento. La sentencia considera probado que dos de los acusados vigilaron durante un mes los movimientos de los vigilantes del supermercado hasta que, el 6 de noviembre, los cuatro condenados y otra persona accedieron al centro comercial armados con tres pistolas y un revólver.

Los integrantes del GRAPO encañonaron a los vigilantes, quienes acababan de recoger los 68.725 euros de recaudación del establecimiento, ordenándoles tirarse al suelo y gritando que "al que se moviera lo mataban". Tras coger la saca con el dinero, los atracadores tiraron dos bengalas para facilitar su huida y se dieron a la fuga.

Según la resolución, "un número no concreto de los miembros del grupo, al menos dos de ellos, sin que conste acreditado cuáles", se dirigieron con el dinero a un parking próximo donde habían aparcado un coche para huir. Mientras introducían el dinero en el coche, fueron sorprendidos por tres agentes de la Guardia Civil, con los que mantuvieron un tiroteo, logrando huir y abandonando en el lugar dos bolsas con efectos personales.

Los acusados se dirigieron al polígono industrial de Guernizo, donde cambiaron de vehículo, dejando dentro del abandonado una olla con cables que simulaba ser un artefacto explosivo casero. En su huida, además, colisionaron con un coche de la Policía Local de Camargo que acudía a apoyar a la Guardia Civil, por lo que uno de los agentes sufrió lesiones consistentes en policontusión debido al cinturón de seguridad.

LES ABSUELVE POR EL TIROTEO

Por otra parte, la sentencia absuelve a Merino del Viejo y Rodríguez Muñoz del delito de atentado contra agentes de la autoridad del que les acusaba el Ministerio Fiscal por el tiroteo que se produjo con los agentes de la Guardia Civil.

El tribunal subraya que no se puede "atribuir con certeza" la acción a estos dos acusados, puesto que ninguno de los testigos pudo "precisar" en el juicio "cuántas personas, ni de qué sexo, participaron en el tiroteo". En este sentido, recuerda que ni siquiera los propios agentes pudieron concretar estos extremos.

La única que reconoció, en fase de instrucción, su participación en estos hechos fue Josefa María Baños Andújar, quien no había sido acusada de estos delitos y que, en sede judicial, afirmó que "después de hacerse con el dinero, tuvieron un enfrentamiento con la Guardia Civil".

Además, el tribunal explica la aplicación de las penas en su mitad superior por "la extremada violencia" empleada en el atraco, "acreditativa de una gratuidad en el acometimiento violento contra los ciudadanos", así como la "excesiva situación de riesgo para la vida de las personas que conllevó la utilización indiscriminada de armas de fuego en un espacio público" como el aparcamiento en el que se produjo el enfrentamiento con la Guardia Civil.

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