LAS PALMAS DE GRAN CANARIA 1 Dic. (EUROPA PRESS) -
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas celebrará mañana (10.00 horas) el juicio contra un matrimonio por haber presuntamente estafado cerca de 230.000 euros a dos hombres en Las Palmas de Gran Canaria en relación a la adquisición de bienes provenientes de subastas.
La Fiscalía ha solicitado imponer 5 años de cárcel para J.R.R.G. y E.O.G. por un presunto delito de estafa, según el escrito de conclusiones provisionales del Ministerio Público al que ha tenido acceso Europa Press.
Según el Ministerio Fiscal, el acusado J.R.R.G., mayor de edad, era el administrador de dos entidades mercantiles, Confías Asesoramiento y Ayudas S.L. y Construcciones y Contratas Gicansa S.L., y la entidad, Infocanarias de Subvenciones S.L. fue constituida por su esposa, la Acusada, E.O.G., mayor de edad.
El acusado había otorgado poderes a su esposa para formalizar operaciones y contratos en nombre de estas sociedades y ambos tenían abierta su oficina en Las Palmas de Gran Canaria.
La acusada E.O.G., con intención de obtener un enriquecimiento ilícito, propuso en distintas ocasiones a otro hombre, a quien conocía, que interviniera en los negocios que ella gestionaba dedicados a la adquisición de bienes provenientes de las subastas.
El fiscal precisa que la mujer le aseguraba a esta tercera persona que en el plazo de tres meses le devolvería dicha cantidad con un beneficio de entre el 20 y el 25 por ciento de la cantidad invertida y garantizándole el buen término de la inversión con la emisión y entrega de pagarés por el capital invertido.
De este modo, este hombre se lo comunicó a otro amigo suyo y ambos decidieron intervenir. A tal fin, esta cuarta persona entregó la cantidad de 96.000 euros, mediante dos ingresos de 90.000 y 6.000 euros, con fechas 20 y 21 de julio de 2005, en la cuenta que la sociedad Construcciones y Contratas Gicansa, S.L., tenía abierta en una entidad financiera.
La acusada, con apariencia de una solvencia de la que carecía, le hizo entrega con fecha 22 de julio de 2005, de un pagaré extendido a su nombre por valor de 96.000 euros, con fecha de vencimiento 25 de septiembre de 2005, a sabiendas de que carecía de liquidez y de que no se iba a poder cobrar el mismo, como así aconteció cuando intentó cobrarlo en el mes de diciembre de 2005.
EL OTRO AFECTADO ENTREGÓ 120.205 EUROS EN METÁLICO
Asimismo, el otro hombre entregó en metálico la cantidad de 120.205 euros a la acusada sin recibo al confiar en ella y, con la misma intención que anteriormente, le hizo entrega con fecha 22 de julio de 2005, de un pagaré al portador por valor de 120.205 euros con fecha de vencimiento 26 de septiembre de 2005, y que el receptor intentó cobrar en el mes de julio de 2006 pero no pudo hacerlo efectivo.
El 5 de diciembre de 2005, la acusada entregó a los dos hombres dos nuevos pagarés por valor de 20.000 euros cada uno y con fecha de vencimiento 7 de diciembre de 2005, a sabiendas de que no podrían hacer efectivo su importe. De esta manera, estos dos pagarés se intentaron cobrar en el mes de diciembre de 2005, y no fue posible por falta de liquidez.
CONTINUARON CONFIANDO EN ELLA
A principios de junio de 2006, la acusada, les dijo que en breve recibirían su dinero con los intereses correspondientes porque iba a vender un inmueble, pero previamente tenía que cancelar una cantidad que adeudaba a una entidad bancaria para conseguir una ampliación de hipoteca, por lo que les pidió más dinero a ambas personas, que continuaban confiando en ella y abonaron la cantidad de 10.200 euros.
Según la Fiscalía, de todas estas operaciones tenía pleno conocimiento el marido de la procesada y también acusado J.R.R.G. y "no consta que los querellados hayan abonado cantidad alguna a los perjudicados hasta la fecha".
Asimismo, recuerda que E.O.G. ha sido ejecutoriamente condenada con anterioridad, entre otras, por sentencia firme de fecha 31 de enero de 1996 por un delito de estafa a la pena de dos meses de arresto mayor, mientras que J.R.R.G. carece de antecedentes penales.
Por todo ello, la Fiscalía considera que se debe imponer la pena de cinco años de cárcel a cada uno de los acusados e inhabilitación especial del derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, así como la pena de multa de 9 meses con una cuota diaria de 20 euros.
El Ministerio Público reclama también que los acusados indemnicen conjunta y solidariamente a uno de los varones afectados en la cantidad de 125.305 euros y al otro con 101.100 euros.