MADRID, 13 Nov. (EUROPA PRESS) -
El Gobierno de Esperanza Aguirre (PP) ha regulado el procecimiento de valoración y reconocimiento de la situación de dependencia y de acceso a la prestaciones y servicios derivados de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, según establece una Orden de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales.
La resolución, publicada por el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el pasado 8 noviembre, busca "facilitar el acceso a los derechos" establecidos en la normativa estatal así como "convalidar y homologar las baremaciones ya efectuadas por la Comunidad de Madrid".
"Con ello se pretende causar las mínimas molestias a las personas en situación de dependencia ya valoradas y que están disfrutando de algún tipo de prestación", explica el Gobierno regional en la citada Orden.
El documento estipula los requisitos necesarios para el reconocimiento del grado y nivel de dependencia, y la elaboración del Programa Individual de Atención, trámite este último que tendrá en cuenta, fundamentalmente, el dictamen técnico, el informe social sobre el entorno, la consulta del beneficiario y, en su caso, de su familia o de su representante legal.
El Programa Individual de Atención, que de forma general se revisará cada tres años, contendrá los servicios y prestaciones propuestos, con indicación de las condiciones individuales para su prestación y la participación en el coste del mismo del beneficiario, según el desarrollo normativo estatal en esta materia.
Así, incorporará "aquellos servicios que esté disfrutando el interesado en el momento de la solicitud incluidos en el catálogo de la Ley de Dependencia, que quedarán incorporados como recursos de atención a la dependencia".
MINÚSVALIDOS Y USUARIOS DE LA RED REGIONAL
La Orden de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales contempla específicamente la situación de las personas que tengan reconocida la necesidad de asistencia por parte de una tercera persona de acuerdo con el Real Decreto de 1999 que regula el reconocimiento, declaración y calificación de grado de minusvalía.
En este caso, la Comunidad de Madrid dispone que el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia no precisará de nueva valoración, ni requerirá la aportación de informe de salud ni de entorno y se tramitará por la Dirección General competente en materia de dependencia.
Asimismo, el departamento autonómico establece que "se entenderá valorados como grandes dependientes, con el nivel correspondiente, a los usuarios atendidos en plazas residenciales y de centro de día de la red pública de atención a personas mayores de la Comunidad de Madrid que hayan solicitado y obtenido plaza en dichos centros conforme al baremo establecido en la Orden 1377/1998, de 13 de julio, y en la Orden 597/1999, de 23 de abril.
A estos efectos, tendrán reconocido el grado III, nivel 2, aquellas personas que hayan obtenido una puntuación igual o superior a 30 puntos, y el grado III, nivel 1, aquellas con una puntuación entre 26 y 29 puntos, ambos inclusive, del apartado 'incapacidad física y psíquica del solicitante' de las citadas Órdenes.
"A los usuarios a que se refiere el apartado anterior quedará incorporado en su Programa Individual de Atención el servicio del que estén disfrutando antes de la entrada en vigor de esta Orden", se agrega en la resolución de la Comunidad de Madrid, firmada por la consejera de Familia y Asuntos Sociales, Gádor Ongil.