MADRID 9 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Gobierno aprobó hoy remitir a las Cortes el acuerdo marco de cooperación entre España y la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo, cuya firma autorizó el Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de julio de 2005, informó Presidencia del Gobierno.
La Conferencia de las Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo (UNCTAD) es el órgano de la Asamblea General de la Organización especializado en promover el desarrollo económico sostenido, a través de una mejor integración de los países en desarrollo en el comercio internacional y en los flujos financieros conexos, particularmente los de inversión directa.
El acuerdo marco de cooperación España-UNCTAD se negoció durante los primeros meses de 2005 con el fin encuadrar las contribuciones de España a la organización y de regular los procedimientos generales de uso de dichas contribuciones españolas en cuatro áreas de asistencia a los países en desarrollo, particularmente los de América Latina y del norte de África.
El acuerdo marco tiene como objetivo contribuir a la realización de las metas de Desarrollo del Milenio a través de las operaciones de asistencia técnica de la UNCTAD.
Las áreas y proyectos concretos objeto de financiación se establecerán a través de acuerdos específicos entre la secretaría de la UNCTAD con la Agencia Española de Cooperación y con la secretaría de Estado de Turismo y Comercio.
Los acuerdos específicos indicarán la contribución que se pondrá a disposición de la UNCTAD para las operaciones previstas en cada uno de ellos.
La UINCTAD administrará y contabilizará el uso de los fondos de acuerdo con sus normas y sus prácticas administrativas. Además será responsable de la supervisión, revisión y evaluación de las distintas actividades desarrolladas y facilitará a España copias de los estados financieros certificados o auditados.
España se reserva el derecho de interrumpir sus transferencias de fondos si las obligaciones contractuales y/o de información y contabilidad no son cumplidas, si se dan desviaciones sustanciales de los planes y presupuestos acordados o si los fondos no han sido administrados de acuerdo con las regulaciones y normas financieras de la UNCTAD.