La defensa de Inés del Río no ve base en los argumentos del Estado y cree que la Gran Sala mantendrá el fallo del TEDH

Actualizado: lunes, 4 marzo 2013 15:16

SAN SEBASTIÁN, 4 Mar. (EUROPA PRESS) -

La defensa de la presa de ETA Inés del Río no ve base en los argumentos del recurso del Gobierno a la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que instó a la liberación de la interna terrorista a la que se aplicó la denominada 'doctrina Parot'.

En una rueda de prensa celebrada en San Sebastián, han comparecido los abogados Amaia Izko, Mark Muller y Michael Liviers, que forman parte del equipo jurídico que el próximo día 20 se encargará de la defensa de Del Río durante la vista que tendrá lugar en la Gran Sala 17 del Tribunal Europeo de Derechos Humanos para revisar la sentencia del caso de la presa de ETA.

La Gran Sala tendrá que dictar nueva sentencia de acuerdo o no con el fallo emitido por la sala tercera del citado Tribunal el 10 de julio de 2012, según la cual, España violó los artículos 7 (No hay pena sin ley) y 5.1 (Derecho a la libertad y a la seguridad) de la Convención Europea de los Derechos Humanos.

En su sentencia el Tribunal europeo determinó que la 'doctrina Parot' "vacía de contenido las reducciones de pena por trabajo a las personas condenadas bajo el antiguo Código Penal de 1973" y condenó a España a pagar una indemnización de 30.000 euros por daños morales a Del Río, cuya condena suma más de 3.000 años de cárcel por varios asesinatos terroristas.

Muller ha explicado que la argumentación de la defensa de la presa de ETA se basa en que la sentencia del Tribunal Supremo 197/06, en la que se fundamenta la 'doctrina Parot', "redefinió el cálculo" de las condenas de Del Río y "no clarificó meramente cómo aplicar las penas", de manera que se sustituyó la condena inicial aplicada a la presa conforme al Código Penal de 1973. En este sentido, ha señalado que "lo que se modificó no fueron las normas aplicables a las redenciones de condenas, sino la imposición de la pena".

A su juicio, el caso de Del Río es "muy importante" para todos los estados miembro del Consejo europeo, ya que versa sobre "la aplicación universal del Derecho". Además, ha destacado que, cuando se aplican las penas, las condiciones de su aplicación deben ser "claras y previsibles" y no se pueden modificar con carácter retroactivo.

En este sentido, ha señalado que la prolongación de la condena de Del Río "no satisface el test de calidad de la Ley", ya que la pena redefinida por el Tribunal Supremo "no fue fijada por el tribunal que condenó a Del Río ni se le notificó en el momento de la condena", cuando se le trasladó que su pena era "el periodo máximo de encarcelamiento de 30 años". Además, ha considerado que "no tiene base" la argumentación de España para aplicar la 'doctrina Parot' de modo retroactivo.

SIN "DEGRADAR EL DERECHO"

El letrado ha opinado que este es "un caso sencillo" y ha advertido de que "no se debe degradar el Derecho, ya que es la clave de bóveda de todos los derechos humanos", a lo que ha añadido "que todas las personas tienen que ser iguales ante la Ley".

Tras mostrar "gran fe" en los argumentos de su equipo jurídico, ha considerado que la Gran Sala tendría que ver "argumentos muy contundentes" por parte del Estado español "para dar la vuelta al fallo" del TEDH, por lo que se ha mostrado "optimista".

La Audiencia Nacional aplicó a Del Río la citada 'doctrina Parot' el 2 de julio de 2008, un mes y medio antes de su puesta en libertad y tras 20 años en prisión, y fijó su excarcelación para el 27 de julio de 2017.