Ekin.- Observadores internacionales consideran que la sentencia "vulnera los derechos fundamentales"

Actualizado: miércoles, 6 febrero 2008 18:32

BARCELONA, 6 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Iniciativa de Observación Internacional criticó hoy la sentencia sobre el llamado sumario 18/98 de la Audiencia Nacional, en la que se considera que organizaciones como Ekin y KAS forman parte del entramado de ETA, por "vulnerar los derechos fundamentales" de las personas con el fin de "dotar de apariencia jurídica una decisión política".

Según las conclusiones del informe presentado hoy por la Iniciativa de Observación Internacional, en el que participaron más de 300 abogados internacionales, la sentencia tiene un "carácter ejemplarizante" dadas las altas penas impuestas y su ejecución inmediata, para poder condenar "al entorno de ETA" convirtiéndolo en "el corazón y las entrañas de ETA".

Un miembro de la Asociación Catalana para la Defensa de los Derechos Humanos, Rafael Calderón, aseguró hoy que "el sumario se empezó a construir sobre la base de que todo lo que es independentista vasco es ETA". Por ello, tachó el juicio contra el entorno de la banda terrorista de "juicio sin crimen".

Según la letrada Amalia Alejandre, de la Asociación Libre de Abogados de Madrid, esto supone "un antes y un después" en la interpretación de la ley, tanto en el proceso del caso, como durante el juicio y la posterior sentencia, que condenó a 47 personas con penas que suman 525 años. Para Alejandre las sentencias previas distinguían el concepto de "complementación con ETA" y no propiamente "ser parte de ETA".

Sin embargo, para la entidad esta "sentencia de confrontación" abre camino al "delito de terrorismo desarmado" o "terrorismo pacífico", ya que establece como delito de terrorismo "la intencionalidad política y la motivación ideológica".

DIFICULTADES PARA LAS DEFENSAS.

El informe pone igualmente en entredicho todo el procedimiento de instrucción, considerando que las medidas cautelares "eran condenas previas", así como que existieron "alarmantes" denuncias de torturas y malos tratos. Sin embargo, --según apunta el informe-- el Tribunal concedió plena validez a las declaraciones de los imputados, a pesar de que éstos denunciaron que estaban hechas bajo la presión de las torturas.

Asimismo, el documento denuncia que durante el juicio se vulneró el derecho a la defensa, ya que el Tribunal despreció el trabajo de éstas, dificultó el acceso a las pruebas y documentos y rechazó todas sus propuestas y protestas, llegando a abrir diligencias a dos de los abogados por "no cooperar con el tribunal".

En definitiva, para los observadores y abogados que participaron durante 16 meses en el seguimiento del juicio contra 52 personas acusadas de formar parte del entorno de ETA --de las cuales 33 están cumpliendo condena--, la sentencia "muestra la voluntad de perseguir actividades sociales, políticas, culturales, comunicativas y periodísticas públicas y transparentes".

Según el entonces presidente de la Asociación Europea de Abogados, August Gil Matamala, se trata de una "grave aberración" que la justicia se convierta en "un instrumento de la actuación política". Para Gil Matamala, en el Estado español se está produciendo un fenómeno de utilización de la justicia para decisiones políticas y esto es "extraordinariamente preocupante".

Por ello, el informe concluye que "esta sentencia evidencia que no estamos ante un acto de investigación de hechos y emisión de justicia, sino ante un intento de dotar de apariencia jurídica a una decisión política".

Ante estas "irregularidades", la Iniciativa de Observación Internacional aseguró que sólo cabe esperar que se estimen los recursos presentados ante el Tribunal Supremo y en su defecto presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional "por los derechos fundamentales que han sido vulnerados".

Si estas vías no prosperasen, la abogada Amalia Alejandre avanzó que esperan "encontrar justicia en --el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos de-- Estrasburgo".

Este diagnóstico es parecido al realizado por la Comisión de Defensa de los Derechos de la Persona del Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB), la Asociación Catalana en Defensa de los Derechos Humanos (ACDDH) y Justícia i Pau, que también asistieron al proceso como observadores.