España objeta una reserva de Egipto al convenio internacional para la represión de atentados terroristas con bombas

Actualizado: viernes, 27 octubre 2006 16:09

MADRID, 27 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno ha presentado una objeción a la reserva de Egipto al artículo 19 párrafo 2 del Convenio Internacional para la represión de los atentados terroristas cometidos con bombas, publicado en el Boletín Oficial del Estado en junio de 2001 y que fue redactado en Naciones Unidas en enero de 1998.

El Ejecutivo español ha examinado la citada reserva de Egipto y considera que se refiere a un elemento esencial del tratado que afecta a la cláusula delimitadora de su ámbito de aplicación, y no sólo a la disposición contenida en su artículo 19.2, "al tener por efecto la modificación del Derecho aplicable a los actos realizados por las fuerzas armadas de un Estado, siempre que éstos contravengan el Derecho internacional", según se indica en el BOE.

Por consiguiente, tal reserva resulta contraria a los intereses protegidos por el Convenio y a su propio objeto y fin. El Gobierno español recuerda que, en virtud de la norma de Derecho internacional consagrada en la Convención de Viena de 1969 sobre el Derecho de los Tratados, están prohibidas las reservas contrarias al objeto y fin de los tratados.

En consecuencia, España objeta la reserva hecha por el Gobierno de Egipto al artículo 19.2 del Convenio Internacional para la Supresión de los Atentados Terroristas cometidos con Bombas, aunque esta objeción no impide la entrada en vigor del mencionado Convenio entre el Reino de España y la República de Egipto.

Dicho artículo estipula que "las actividades de las Fuerzas Armadas durante un conflicto armado, en aquellos términos que son entendidos bajo las leyes internacionales humanitarias, no están afectadas por esta Convención, y las actividades realizadas por las fuerzas militares de un Estado en ejercicio de sus obligaciones oficiales (...) no están afectadas por esta Convención".