ETA.- El Supremo confirma la condena a 2 años de cárcel por mandar cartas amenazantes a ediles del PSE

Europa Press Nacional
Actualizado: viernes, 12 enero 2007 16:40

MADRID 12 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 2 años de prisión impuesta por la Audiencia Nacional a María Plazaola por enviar en junio de 2004 cartas amenazantes a dos concejales del PSE en las localidades guipuzcoanas de Villareal de Urretxu y Zumarraga, y a la sede del mismo partido de este último pueblo. El Supremo subraya que el contenido de las misivas constituye un delito de amenazas porque se enmarca en el "incuestionable entramado del llamado movimiento radical nacionalista que comparte y cumple los propósitos" de la organización terrorista ETA.

En una sentencia hecha pública hoy, el alto tribunal desestima el recurso interpuesto por Plazaola contra la sentencia dictada el pasado 26 de abril que la condenó por un delito continuado de amenazas. La resolución consideró probado que la acusada, "militante al menos desde 2000 en el Movimiento de Liberación Nacional Vasco (MLNV) y actuando en consonancia con el designio de la organización terrorista ETA", envió las cartas durante una campaña de ETA contra cargos de partidos políticos nacionales.

El Supremo considera que las misivas enviadas por Plazaola constituyen "una auténtica amenaza" y "no pueden calificarse de inconcretas", teniendo en cuenta "las circunstancias de tiempo y lugar" en el que fueron remitidas a los concejales socialistas. Incide en que, en este caso, la amenaza "velada" puede ser "perfectamente asumible", aunque "las expresiones amenazantes no contengan de forma exacta la descripción del mal al que se refiere".

En este sentido, recuerda que la esencia del delito de amenazas consiste en "amedrentar o amenazar a la víctima mediante el anuncio del mal" para crear "una perturbación anímica y un sentimiento de zozobra e intimidación". Por ello, entiende que el texto de las misivas se ajustan a este tipo penal, ya que su contenido evidencia que se trata de una amenaza contra "las personas que, militando en un partido político de ámbito nacional, tienen representación en los consistorios de determinados municipios de Guipúzcoa".

EN EL ESCENARIO DEL MLNV.

En su resolución, el Supremo hace hincapié en que, "utilizando un lenguaje coloquial, no es lo mismo una amenaza del tipo 'atente a las consecuencias' en el seno de una relaciones conflictivas" que puedan darse en el ambito familiar, que "esa misma expresión en el escenario en el que una persona pertenece al MLNV, que está integrado por individuos o colectivos afines ideológicos a ETA".

Recalca que, más aún, cuando los propios portavoces del entorno de la izquierda abertzale se dirigen a cargos electos municipales "advirtiéndoles de que por ser directamente responsables de la situación de ataques al euskera y a la cultura vasca, negación sistemática de la palabra pueblo, represión, dispersión, ilegalizaciones, ataques a los prisioneros políticos (...), deben asumir su responsabilidad 'con todas las consecuencias'".

En este contexto, el alto tribunal saca a colación "la abultada experiencia de décadas" de esta clase de amenazas veladas contra "miembros, militantes o simpatizantes de partidos políticos, a los que el MLNV les hace responsables de la represión y sufrimiento del pueblo". Cuando éstas se han realizado, apunta, "no han sido inocuas o irrelevantes, sino que han atentado directa y gravemente contra la vida".

MUESTRAS DE ADN EN LOS SELLOS.

El alto tribunal también valora para ratificar la condena las muestras de ADN de Plazaola halladas en los sellos pegados a los sobres de las cartas, lo que considera una prueba "especialmente sólida, vigorosa y solvente" ante el argumento de la acusada de la insuficiente de prueba de cargo para condenarla.

En concreto, las misivas decían: "Tú eres miembro del PSOE-PSE, del partido que hace esta apuesta por alargar el conflicto y por lo tanto eres directamente responsable de esta situación. Debes asumir esa responsabilidad con todas las consecuencias que pueda acarrear para ti y tu entorno, pues así lo has decidido. (...) El conflicto salpicará a todos los miembros de tu partido, tanto militantes, como concejales". "Quien siembra vientos recoge tempestades", concluía.

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