La falta de apoyo parlamentario a Mas abocaría a unas elecciones el 6 de marzo

Pleno extraordinario de investidura
EUROPA PRESS
Actualizado: lunes, 4 enero 2016 18:26

El periodo para constituir el Parlament se extendería hasta el 1 de abril

BARCELONA, 4 Ene. (EUROPA PRESS) -

La negativa de la CUP a investir a Artur Mas dejando a la coalición de JxSí con 62 diputados aboca a una nueva convocatoria de elecciones que deberían celebrarse el 6 de marzo, aunque si el Govern decide ceñirse a la Ley de la Presidencia de la Generalitat y del Govern podrían avanzarse al 21 o 28 de febrero.

Mas ya recibió la negativa de la CUP a su investidura en su primer intento para erigirse presidente de la Generalitat en un pleno de investidura con dos votaciones --los días 10 y 12 de noviembre-- y fue a partir de esa primera fecha cuando comenzó a correr el contador que tenía como plazo máximo el 10 de enero para alcanzar un acuerdo con la formación anticapitalista.

Ese plazo corresponde a la ley catalana que establece la elección de un candidato dos meses después de la primera votación de investidura y, en caso de no conseguirlo, la legislatura queda disuelta "automáticamente".

El Estatut de Autonomía aclara que es el Parlament el que quedaría disuelto y ambas normas coinciden en que el presidente en funciones debe convocar elecciones "de manera inmediata" y que deben celebrarse entre 40 y 60 días después la convocatoria.

La ley estatal, la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg), concreta que las elecciones tienen que celebrarse 54 días después de que la firma del decreto de convocatoria entre en vigor.

En la anterior convocatoria, Artur Mas firmó el decreto de disolución del Parlament y de convocatoria de elecciones el 3 de agosto y se publicó en el Diari Oficial de la Generalitat un día más tarde, el 4 de agosto, y 54 días después, el 27 de septiembre los catalanes acudieron a las urnas.

En caso de que Mas agotara el plazo y el Parlament quedará disuelto de forma automática, el día 11 de enero se vería obligado a firmar un nuevo decreto de convocatoria que entraría en vigor el 12 y, si de nuevo repitan los tiempos de la Loreg, las catalanes volverían a votar el 6 de marzo.

Con todo, si se rigen por la ley catalana, también podrían convocarse el 21 o 28 de febrero, aunque en todas las convocatorias catalanas se ha respetado el plazo de 54 días que marca la Loreg.

INCÓGNITAS ELECTORALES

Ante estas eventuales elecciones se abren varias incógnitas y entre ellas destaca si Convergència y ERC reeditarían la fórmula de presentarse conjuntamente bajo la candidatura soberanista de JxSí.

A priori, se anticipa una posibilidad no sencilla a tenor de lo que han declarado tanto sectores republicanos como algunos sectores convergentes, que ya se opusieron desde el principio a la coalición y que, tras no haber conseguido el objetivo de gobernar, no lo verían con buenos ojos.

Para despejar esa incógnita, habrá que ver si la ANC y Òmnium llegan con empuje suficiente para volver a propiciar la lista conjunta que ya consiguió en las pasadas elecciones.

Otra de las incógnitas es si el partido capitaneado por Ada Colau, BComú, repetiría la fórmula de las generales, y si se presentará en confluencia con Podemos, ICV, EUiA y Equo; una opción que rechazó en las pasadas elecciones catalanas.

CONSTITUCIÓN DEL PARLAMENT

Tras las elecciones, la ley catalana establece que la constitución de la cámara catalana debe producirse dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de elecciones --entendidos como tales los laborables de lunes a viernes--, lo que en el supuesto de que se celebre el 6 de marzo, podrían llevar a que la constitución del Parlament no se produjera hasta el 1 de abril.

La mayor parte de la capacidad legislativa del Parlament depende de que esté constituido, se haya investido un presidente y se haya formado un Govern, una situación que no se ha dado desde que Mas disolviera la cámara el 3 de agosto y que podría prolongarse más meses.

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