El fiscal pide un aumento de las penas para tres de los cuatro condenados por el asesinato de un joyero en Madrid

La Audiencia de Madrid impuso a los procesados una condena de entre 16 y 20 años de cárcel

Europa Press Nacional
Actualizado: jueves, 4 febrero 2010 13:31
MADRID, 4 Feb. (EUROPA PRESS) -

El fiscal solicitó hoy a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo un aumento de las penas para tres de los cuatro condenados a penas de entre 16 y 20 años de cárcel por el asesinato de José Manuel Mateo Redondo, un joyero de la Gran Vía que murió el 27 de septiembre de 2008 tras recibir un día antes cuatro tiros en plena calle.

En una audiencia pública, los magistrados del Alto Tribunal revisaron los recursos de casación interpuestos por el fiscal y las defensas de los cuatro procesados contra la sentencia condenatoria, dictada en diciembre de 2008.

Los abogados defensores criticaron que la sentencia se redactara "delante de la televisión pensando en el público" y que se aplicara de forma desorbitada el elemento de culpabilidad para agravar al máximo las penas de los delitos imputados.

La Audiencia madrileña condenó a 20 años de prisión a Roberto C.N por un delito de homicidio, robo en grado de tentativa, tenencia ilícita de armas, un delito continuado de falsedad en documento oficial y otro por hurto.

A Carlos Arturo P. y Mario Alberto M.T se les impuso una pena de 17 años por homicidio, robo en grado de tentativa, tenencia ilícita de armas, delito continuado de falsedad documental y hurto. Y Kristian Fernando C. fue condenado a 16 años por homicidio, robo en grado de tentativa, tenencia ilícita de armas, falsedad en documento oficial y hurto.

"UN ROBO A CUALQUIER PRECIO"

Durante su intervención, el representante del Ministerio Público impugnó la totalidad de los recursos y reseñó que "los que calcularon bien un plan concebido y organizado fueron los autores para llevar a cabo un robo a cualquier precio".

De este modo, solicitó un incremento de las penas para tres de los condenados debido a que la sentencia de instancia calculó mal las penas a imponer por un delito continuado de falsedad, en el que la pena se aplica en su mitad superior. A esta petición se adhirió el abogado de la acusación particular, en nombre de la familia del fallecido,

Así, el fiscal y el letrado reclamaron que se incrementen los 20 meses impuestos a Carlos Arturo P. y Mario Alberto M.T a 3 años de prisión y multa de 12 meses, mientras que para Kristian Fernando C. pidieron que se aumenten los 18 meses fijados a 25 meses de prisión y multa de 5 meses.

VIGILANCIAS

Según el fiscal, alrededor de las 20.00 horas del 26 de septiembre de 2006, la víctima salió de su taller, siendo vigilado durante todo el día por Roberto C.N. y Carlos Arturo P., de nacionalidad argentina. Los procesados, que seguían sus movimientos desde julio, alertaron a sus compinches de la salida de Mateo de su taller.

Con un maletín y una bolsa de viaje en la que guardaba un muestrario de joyas, valoradas en 60.000 euros, la víctima bajó por la calle Isabel la Católica para recoger el coche que tenía aparcado en un garaje próximo.

Una vez que los acusados alertados divisaron al joyero, le interceptaron en la calle y se colocaron a su espalda. El uruguayo Kristian Fernando D.D. agarró con fuerza la bolsa que portaba, tratando de arrebatársela. Entonces, se produjo un forcejeo entre ambos, en cuyo transcurso Kristian esgrimió el arma que portaba y le descerrajó cuatro tiros. Además, le golpeó la cabeza con el arma.

Sin conseguir el botín, el asaltante salió corriendo hasta el lugar donde se encontraba Mario Alberto M. con una moto, dándose a la fuga a gran velocidad por la calle y dirigiéndose a otra calle, donde abandonaron la moto continuando la fuga a pie.

La víctima, casado y con dos hijos, sufrió cuatro impactos de bala, por lo que fue trasladado al Hospital Clínico de Madrid. Mateo falleció un día después como consecuencia de las graves heridas que le originaron lesiones en órganos vitales, dando lugar a una hipovolemia y en última instancia una parada cardiaca irreversible.

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