La Fiscalía de la AN recurre la absolución de los cuatro acusados de formar una red yihadista en cárceles

Archivo - Entrada a la Audiencia Nacional en el momento en el que dos miembros del ente público ICM han sido testigos sobre la supuesta financiación ilegal del PP madrileño en Púnica, a 7 de octubre de 2021, en Madrid, (España).
Archivo - Entrada a la Audiencia Nacional en el momento en el que dos miembros del ente público ICM han sido testigos sobre la supuesta financiación ilegal del PP madrileño en Púnica, a 7 de octubre de 2021, en Madrid, (España). - Alejandro Martínez Vélez - Europa Press - Archivo
Publicado: lunes, 14 noviembre 2022 19:04

Considera que el relato de hechos de la sentencia "es contradictorio o incongruente" con el fallo

MADRID, 14 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha recurrido la absolución dictada por la Sala de lo Penal a favor de los acusados de formar un frente yihadista mientras estaban en prisión para unir a presos por delitos relacionados con el terrorismo islamista al considerar que "el relato de hechos probados en la sentencia es contradictorio o incongruente con la parte dispositiva" del propio fallo.

A través de una nota de prensa, recogida por Europa Press, el Ministerio Público ha sostenido que en el fallo absolutorio dictado el pasado mes de octubre se llevan a "cabo afirmaciones incompatibles con un fallo absolutorio". Esa sentencia exculpó a los acusados "a pesar de la vehemencia de muchos de los textos religiosos que enviaban y recibían, e incluso a pesar de los dibujos de banderas y la plasmación de lemas utilizados por los militantes y simpatizantes de DAESH".

A juicio de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, "de lo manifestado en los hechos probados de la sentencia recurrida, así como de la prueba practicada en el acto de la vista oral, se dan los requisitos típicos de los delitos por los que se les acusa, a tenor de la interpretación que jurisprudencialmente se da a dichos requisitos".

Cabe recordar que el fiscal solicitó para Abderrahmane T., conocido como Mohamed Achraf; Mohamed E., Karim A., Abdelah A. y Lahcen Z., 12 años de cárcel y 10 de libertad vigilada por el delito constitución de grupo terrorista. Con todo, el Ministerio Público retiró la acusación para este último en la fase de conclusiones definitivas.

PERSIGUIENDO LOS OBJETIVOS DEL DAESH

"La adscripción de los cuatro acusados a la organización terrorista DAESH entendida como asunción de sus objetivos ha quedado acreditada, pero, es más, los acusados no se limitan durante su estancia en prisión a asumir los postulados de la organización terrorista DAESH, sino que actúan dentro de prisión para lograr la consecución de los objetivos perseguidos por dicha organización criminal, tal y como aparecen descritos en el relato de hechos probados de la sentencia ahora recurrida", sostiene la Fiscalía.

En su recurso de apelación la Fiscalía señala a un supuesto "quebrantamiento de norma y garantías procesales, en concreto por infracción del derecho a la tutela judicial efectiva, en términos tales que debe dar lugar a la nulidad de la sentencia dictada por contradicción en el relato de hechos probados". Es por eso que solicitan que "se subsane la misma y se dicte nueva resolución judicial con un relato de hechos probados en el que no se advierta contradicción alguna".

Pero, además, el Ministerio Público advierte una "infracción de norma del ordenamiento jurídico, en concreto por infracción de los artículos que castigan el delito de integración en organización terrorista, o bien, con carácter subsidiario, por infracción del artículo que castiga el delito de delito de colaboración con una organización terrorista, o bien, con carácter subsidiario de los dos anteriores, por infracción del artículo que castiga el delito de captación y adoctrinamiento terrorista".

Cabe recordar que la AN acordó el pasado mes de septiembre dejar en libertad a Abderrahmane T, que estaba en la cárcel, después de ser castigado por yihadismo y que pensó atentar contra este órgano judicial con un camión cargado con 500 kilos de explosivo. En ese momento, el tribunal todavía no había dictado el fallo absolutorio que ha sido ahora recurrido por la Fiscalía.

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