Gerencia de Urbanismo de Granada aprueba dos nuevos expedientes disciplinarios contra construcciones en la Vega

Actualizado: martes, 31 octubre 2006 15:47

GRANADA, 31 Oct. (EUROPA PRESS) -

La comisión ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales del Ayuntamiento de Granada aprobó hoy dos nuevos expedientes de disciplina urbanística referidos a construcciones ilegales en la Vega.

Según informó la gerencia en un comunicado remitido a Europa Press, el primero de ellos hace referencia a una construcción en la carretera antigua de Málaga, Polígono 2, parcela 25, en la que ha detectado una construcción de 40 metros cuadrados, la colocación de una cadena y el hormigonado de la entrada, además de una pista de tenis en el interior, todo ello sin contar con licencia municipal.

La calificación contemplada en el PGOU para esta parcela es 'Suelo No Urbanizable de protección agrícola-arbórea', por lo que, según indicó, las obras tienen el carácter de "no legalizables".

El segundo expediente hace referencia al Camino del Cañaveral sin número, polígono 8, parcela 88, donde la Gerencia de Urbanismo ha detectado, según apuntó, obras sin licencia municipal consistentes en vivienda en planta baja más alta, con una superficie por planta de 80 metros cuadrados, adosada a otra construcción más antigua.

En este caso, la calificación del PGOU habla de 'Suelo No Urbanizable de Protección Agrícola Activa' y, por tanto, no están permitidos los usos detallados.

En ambos casos, los hechos pueden ser constitutivos de una infracción urbanística que puede calificarse en principio como "muy grave", y a la que pueden corresponder sanciones de 63.000 euros aplicadas en su grado medio.

Así, la gerencia propuso iniciar procedimiento de restauración del orden urbanístico perturbado, lo que implica la demolición de las obras ilegalmente realizadas impidiéndose definitivamente los usos a los que diera lugar, dándose vista de lo actuado al interesado por plazo de quince días antes de formular la propuesta de resolución. Igualmente, se ha iniciado el procedimiento sancionador por infracción urbanística.

De ser finalmente calificadas las obras como no legalizables, si los responsables repusieran la alteración de la realidad por sí mismos, tendrán derecho a la reducción del 50 por ciento de la multa que deba imponerse o se haya impuesto en el procedimiento sancionador.

Según explicó la gerencia, en ambos casos se concede un plazo de 15 días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la presente resolución, para que aporten cuantas alegaciones, documentos e informaciones estimen convenientes.