MADRID 9 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Consejo de Ministros aprobó hoy el proyecto de ley de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones, que establece la obligación de los operadores de conservar ciertos datos generados en cualquier tipo de comunicación, así como de entregarlos cuando se les requiera para la investigación, detección o enjuiciamiento de delitos.
El proyecto, que se ha aprobado tras ser sometido a informe de la Agencia Española de Protección de Datos, del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y del Consejo de Estado, incorpora una directiva comunitaria sobre conservación de datos generados o tratados en comunicaciones electrónicas.
Entre otros aspectos, la norma reforzará considerablemente los instrumentos disponibles para el ejercicio de las funciones de seguridad pública del Cuerpo Nacional de Policía competente (estatales y autonómicas con competencia para la protección de personas y bienes y para el mantenimiento del orden público), así como del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) y Vigilancia Aduanera.
Estos cuerpos policiales podrán acceder a unos datos que, en la actualidad, no siempre están disponibles, dificultando la averiguación de los delitos.
Justicia, Interior, Industria y Defensa han participado en el proyecto elaborado sobre la base del imprescindible equilibrio entre los fines de seguridad pública, que justifican las medidas contenidas en el mismo, y el respeto de los derechos individuales que pueden verse afectados, como son los relativos a la privacidad y la intimidad de las comunicaciones.
La norma también establece que los datos que deben retenerse, en ningún caso, revelarán el contenido de la comunicación y sólo se conservarán los necesarios para identificar su origen y destino, la hora, fecha y duración, el tipo de servicio y el equipo de comunicación utilizado por los usuarios. Además, estos datos deberán conservarse durante doce meses, desde la fecha en que se haya producido la comunicación.
La ley de conservación de datos prevé, igualmente, controlar los datos procedentes de teléfonos móviles, adquiridos mediante la modalidad de tarjetas prepago, estableciendo la obligación de los operadores de dicho tipo de tarjetas de llevar un libro-registro con la identidad de los compradores.
Asimismo, deberán conservar los datos correspondientes desde la adquisición de la tarjeta, hasta que cese la obligación de conservarlos, de acuerdo con la futura Ley.
Los operadores de estos servicios han de realizar las adaptaciones precisas para el cumplimiento de sus obligaciones de conservación y cesión de datos, en un plazo de tres meses, desde que se apruebe el procedimiento técnico para la remisión de datos, que, en principio, será también de tres meses desde que se apruebe la futura Ley.
SEPARACIÓN DE JUZGADOS.
Por otro lado, el Consejo de Ministros también ha aprobado, a propuesta del ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, dos reales decretos por el que se establece la separación de los juzgados de Primera Instancia e Instrucción en los partidos judiciales de Alcalá de Henares (Madrid) y Lugo.
La separación, que se hará efectiva el próximo 1 de abril, se ha tomado a propuesta del CGPJ con el informe previo de las Comunidades Autónomas correspondientes. Este organismo ha considerado que ambos partidos judiciales al tener el número necesario que aconseja la división.