El Gobierno lleva al Constitucional la ley navarra que permite expropiar viviendas a entidades financieras

Europa Press Nacional
Actualizado: viernes, 11 octubre 2013 17:15

MADRID 11 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros ha aprobado presentar un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional contra la ley navarra de medidas urgentes para garantizar el derecho a la vivienda, una ley que permite expropiar viviendas a entidades financieras para ponerlas en alquiler a disposición de personas en proceso de desahucio.

En concreto, el recurso va dirigido contra los artículos 1, 2, 5, 6 y 7 de la ley foral, aprobada el pasado mes de julio, artículos cuya suspensión solicita el Gobierno al alto tribunal.

El artículo 7 es el que regula la expropiación forzosa a las entidades financieras, o a sus filiales inmobiliarias o entidades de gestión de archivos. "Introduce una discriminación arbitraria, pues sólo expropia el derecho de uso de la vivienda a estas entidades y no al resto de propietarios (inmobiliarias, fondos de inversión, etcétera) que incurran en el mismo supuesto de hecho, vulnerando las competencias exclusivas atribuidas al Estado en el artículo 149.1 de la Constitución", argumenta el Gobierno.

El Gobierno sigue con Navarra los pasos que ya inició con Andalucía. El pasado mes de junio, acordó igualmente llevar al Tribunal Constitucional el decreto andaluz antidesahucios, que prevé expropiaciones temporales de viviendas.

El Gobierno entiende que la norma andaluza "afecta al contenido esencial del derecho a la propiedad de la vivienda, que es una norma reservada a las Cortes Generales, establece una responsabilidad sancionadora al margen del principio de culpabilidad que viene exigido por la Constitución y establece una regulación contraria al principio igualdad".

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Junto a este artículo 7, el Ejecutivo denuncia otros de la norma foral. Así, recurre la definición que se da en la ley a la vivienda deshabitada y cómo se regulan las infracciones y sanciones asociadas a dicho concepto. El Gobierno argumenta que Navarra tiene competencias sectoriales en vivienda y urbanismo, pero que a través de ellas no puede afectar a la regulación del derecho a la propiedad privada, algo que solo puede hacer el Estado.

Además, señala que la ley foral usa unos criterios para definir el concepto de vivienda deshabitada "que se basan en presunciones y meros indicios, como la denuncia de un vecino, que son contrarios al principio de presunción de inocencia que rige el procedimiento administrativo sancionador".

"Al atribuir valor probatorio a indicios y estableciendo presunciones legales sin admitir la prueba del contrario, se infringen los artículos 24.2 y 25, y el 149.1.18ª de la Constitución", expone el Gobierno.

Por otro lado, el Ejecutivo censura que la ley regule como infracción muy grave no dar efectiva ocupación a la vivienda por parte de las personas jurídicas; se establece así, según el Gobierno, una responsabilidad penal y administrativa sancionadora al margen del principio de culpabilidad y se discrimina a las personas jurídicas: la infracción depende de la personalidad física o jurídica y no del destino que se dé a la vivienda.

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