MADRID, 14 (EUROPA PRESS)
La Junta Electoral Central (JEC) ha asumido este lunes la orden dictada por el Tribunal Supremo en sus medidas cautelares sobre la disposición de la Ley de Memoria Democrática conocida como 'ley de nietos' y ha encargado informes a la Oficina del Censo Electoral y a los registros consulares para, entre otras medidas, verificar la vinculación con el exilio de las personas que hayan obtenido o estén en trámites de obtener la nacionalidad española por esta vía.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal decidió la semana pasada atender las peticiones de Vox y Iustitia Europa y suspendió cautelarmente --hasta que dicte sentencia-- el voto para las personas ya inscritas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) que consiguieron la nacionalidad a través de la citada norma, así como las nuevas altas en el mismo, salvo que acrediten que descienden de exiliados españoles.
En este contexto, el alto tribunal ordenó a la JEC que requiriese de inmediato sobre ese extremo a los encargados de los registros consulares, a los que encarga que "expidan certificación acreditativa" de que los beneficiados por la 'ley de nietos' nacieron "fuera de España, de padre o madre, abuelo o abuela" originariamente españoles que sufrieron "exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación de identidad sexual" y que "hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad".
ENCARGOS A LA OFICINA DEL CENSO Y A EXTERIORES
En su reunión de este lunes, el organismo electoral ha acordado, por un lado, enviar los autos del Supremo a la Oficina del Censo Electoral del Instituto Nacional de Estadística (INE) para que atienda las peticiones del Alto Tribunal y determine los ciudadanos nacionalizados por la llamada 'ley de nietos' que están pendientes de inscripción en el CERA o que ya están inscritos, que tienen suspendidos su derecho al voto hasta que se emita sentencia, y que desglose quiénes han cumplido los requisitos de la ley de 2022 y quiénes han seguido la controvertida instrucción posterior del Ministerio de Justicia.
Y, por otro, se ha instado a la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares para que ordene que los responsables de Registros Consulares expidan la correspondiente certificación acreditativa en los casos de personas que sí demostraron su condición de descendientes de exiliados conforme a la ley.
Según explica la JEC en su resolución de este lunes, una vez que tenga los informes de la Oficina del Censo y la instrucción de Exteriores para los consulados, la Junta examinará la documentación "con carácter inmediato" para la adopción del acuerdo correspondiente.
En la reunión se ha debatido también si la JEC debía o no interponer un recurso contra el auto del Tribunal Supremo de las medidas cautelares, pero la idea se ha desechado en una votación dividida, según informaron a Europa Press fuentes del organismo arbitral.
Por siete votos contra seis se ha decidido no recurrir por razones de eficacia procesal, al entender que no había muchas esperanzas de que prosperase y que, en todo caso, en la Junta Electoral había consenso a la hora de cumplir las medidas impuestas por el Alto Tribunal.
LA POLÉMICA INSTRUCCIÓN POSTERIOR DE JUSTICIA
El pasado mes de julio la JEC ya tuvo que pronunciarse por esta vía de nacionalización ante distintas peticiones relativas a la legalidad de una instrucción posterior dictada en 2022 por la entonces directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente, que rebajó la exigencia de documentación necesaria para acogerse a la 'ley de nietos'.
El organismo arbitral ya acordó entonces solicitar a la Oficina del Censo Electoral una instrucción concreta al respecto y avisó de que la determinación del municipio electoral en el que se inscriban cada uno de los beneficiarios de la norma debe estar "suficientemente motivada" si no se corresponde con su último domicilio en España.
En aquel momento, la JEC rechazó la suspensión cautelar del procedimiento de elaboración del CERA que habían solicitado entre otros Vox, ya que no se consideraba competente para pronunciarse sobre las leyes y las disposiciones reglamentarias de su desarrollo.
En todo caso, ya adelantó trabajo pidiendo a la Oficina del Censo que le informase de la aplicación de la norma que rige para la actualización del censo, especialmente sobre el hecho de si se examinan las declaraciones explicativas de los electores que solicitan la inscripción en un municipio distinto del de su última residencia en España. Estas peticiones ya han sido respondidas por la Oficina del Censo y serán analizadas la próxima semanas por la Junta Electoral.