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Publicado: jueves, 12 mayo 2022 12:11

Subraya que no se le puede investigar "tan solo por el cargo que ocupaba" sin que haya ningún indicio en su contra

MADRID, 12 May. (EUROPA PRESS) -

El juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón ha levantado la imputación del ex director de Administración de Iberdrola Pablo Insunza al considerar que no hay indicio alguno de que interviniera en la contratación a CENYT, el grupo empresarial del ahora comisario jubilado José Manuel Villarejo, para llevar a cabo los presuntos encargos ilícitos que se investigan en esta pieza separada número 17 de 'Tándem'.

"Mantener la imputación de Pablo Insunza sería contrario al principio de culpabilidad (no hay prueba alguna de dolo o culpa) y de la presunción de inocencia (no existe indicio alguno, tras las diligencias practicadas, ni de la posición de dominio del hecho, ni de funciones concretas de supervisión de y control de los hechos investigados, ni de conocimiento de los mismos", dice el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 en un auto, al que ha tenido acceso Europa Press.

El instructor accede así a lo solicitado por Insunza, al que recuerda que imputó en junio de 2020 por presuntos delitos de coacciones y cohecho porque habría asistido a una reunión en la que se habría presionado al entonces 'controller', José Antonio del Olmo, para que se retractara de un informe elaborado en 2004 donde apuntaba a supuestas irregularidades en facturas que estarían vinculadas a CENYT, y por haber firmado algunas.

En lo tocante al delito de coacciones, el magistrado explica que exonera a Insunza porque tanto él como el propio Del Olmo han indicado que el ex director de Administración "no estuvo presente en la reunión de 2 de diciembre de 2019, donde habría tenido lugar el hecho base sobre el que se articula el delito".

En cuanto al delito de cohecho, el juez indica que si Insunza firmó las facturas emitidas por CASESA --una empresa señalada por una presunta facturación triangular para ocultar los pagos a CENYT-- fue porque Del Olmo, su entonces superior jerárquico, estaba "ausente" en esas fechas.

García-Castellón razona que, "aunque de su posición de director de Administración de Iberdrola al tiempo de firmar las facturas podría inferirse una presunción de diligencia", algo que "le situaría más allá del automatismo propio de un trámite administrativo", de mantenerlo investigado sobre esa base se trataría de una mera imputación por razón del cargo.

"No puede sostenerse la existencia de una responsabilidad objetiva penal para un determinado directivo sin que existan indicios concretos de su participación en el hecho, tan solo por el cargo que ocupaba, pues ello abriría la puerta a poder imputar a esta persona por cualquier hecho delictivo que se hubiera cometido en área sometida a su dirección", expone.

El instructor subraya que "la responsabilidad penal individual y concreta del delito cometido en el seno de la empresa lo será del directivo o trabajador que haya cometido el concreto delito o participado en su comisión, siendo el fundamento de la responsabilidad de la persona jurídica (delito corporativo) el defecto estructural en los mecanismos de prevención exigibles a toda persona jurídica".

"NO ERA EL RESPONSABLE ÚLTIMO"

En el caso del ex director de Administración, el juez estima que "no existe indicio documental, sonoro o imagen que permita sustentar que la iniciativa para la contratación de Villarejo por parte de Iberdrola partió de Insunza".

Recalca además que Insunza "no era el responsable último de la entidad, por lo que tampoco estaba en sus manos la adopción de todas las medidas legales necesarias para evitar la contratación de Villarejo".

"Al no existir indicio alguno de la intervención en los hechos de Insunza, ni de forma directa ni indirecta, no se le puede atribuir la creación de un riego jurídicamente desaprobado, máxime cuando, tal y como se ha expuesto, no tiene el control sobre la fuente de peligro, es decir, el responsable de Seguridad de la mercantil, quien, al parecer, fue responsable de la contratación de CENYT", resuelve el magistrado.

A pesar de acoger buena parte de los argumentos de Insunza, acordando el sobreseimiento provisional para él, García-Castellón rechaza la prescripción alegada por el ex directivo del gigante energético.

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