Una juez de Madrid rechaza reabrir la causa sobre el borrado de archivos de Moncloa al no hallar indicios de delito

Actualizado: lunes, 13 abril 2009 21:15

MADRID, 13 Abr. (EUROPA PRESS) -

La titular del Juzgado de Instrucción número 9 de Madrid, María Cristina Díaz Márquez, ha rechazado reabrir la causa sobre el borrado de archivos informáticos del Palacio de la Moncloa que se habría cometido después de que el PP perdiera las elecciones generales de marzo de 2004, al considerar que no existen indicios de que se produjera "delito alguno".

En enero pasado los abogados José Luis Mazón y Encarnación Martínez Segado solicitaron la reapertura de las diligencias de investigación contra el ex presidente del Gobierno José María Aznar después de que su sucesor, José Luis Rodríguez Zapatero, hablara en una entrevista televisiva de "barrido informático masivo".

En un auto fechado el pasado 24 de marzo, al que ha tenido acceso Europa Press, la juez --que es portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM) en Madrid-- explica que la nueva petición de los letrados "no aporta dato alguno que motive la reapertura de las diligencias" y "se basan únicamente en unas declaraciones que nada revelan y que no sirven para tipificar delito alguno".

El citado juzgado archivó inicialmente las investigaciones sobre el borrado de archivos en La Moncloa en julio de 2006. Esta decisión fue confirmada el pasado 7 de octubre por la Audiencia Provincial de Madrid en un auto en el que se aducía que la información aportada por los denunciantes carecía de concreción.

Según explicaron los querellantes en su escrito de enero pasado, este problema se vio solventado por el testimonio público prestado por el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, durante una entrevista que fue emitida el pasado 18 de diciembre por la televisión Cuatro.

VUELOS A GUANTÁNAMO

Rodríguez Zapatero señaló que tras las Legislativas de 2004 "hubo un barrido informático masivo por parte del Gobierno saliente, del PP, lo que impidió, entre otros asuntos, tener alguna prueba de los vuelos militares de Estados Unidos que hicieron escala en España con dirección a la base de Guantánamo".

Los querellantes consideran que Aznar podría haber incurrido en el delito previsto en el artículo 413 del Código Penal que establece penas de prisión de 1 a 4 años para "la autoridad o funcionario público que, a sabiendas, sustrajere, destruyere, inutilizare u ocultare, total o parcialmente, documentos cuya custodia le esté encomendada por razón de su cargo".

Tras las declaraciones de Zapatero, el líder de la oposición, Mariano Rajoy, habló de la posibilidad de llevar este asunto a los tribunales. Todo ello a pesar de que la Audiencia Provincial de Madrid ya había dado carpetazo definitivo el pasado mes de octubre a las querellas presentadas por la Asociación para la Prevención y Estudios de Delitos, Abusos y Negligencia en Informática y Comunicaciones Avanzadas (APEDANICA) y los dos abogados citados.

En dicha ocasión, las magistradas de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Madrid, Maria Luisa Aparicio, Ana María Ferrer y Ana Mercedes del Molino consideraron que los hechos denunciados -el supuesto borrado de archivos- se basaban en una información periodística que tenía "un carácter tan absolutamente generalizado e indeterminado" que no permitía abrir una investigación criminal, y archivaron definitivamente la causa.

Según la citada información, "miembros del equipo de Aznar" habían borrado los ordenadores de Presidencia al abandonar el poder, para lo cual contrataron a una empresa especializada.

El auto de la Audiencia de Madrid especificaba que "es lógico pensar" que durante los cuatro años que fue presidente Aznar en los ordenadores de los miembros de su Gabinete se encontraran "todo tipo de archivos" como informes, agendas o diseños de discursos "que en ningún caso podrían ser considerados documentos de trascendencia jurídica".