El juez no encuentra a quien quemó la foto de los Reyes y traslada la causa contra los que prendieron banderas

Actualizado: miércoles, 22 octubre 2008 15:47

Los cuatro independentistas imputados por los actos de la última Diada denuncian "la persecución" de los Mossos

MADRID, 22 Oct. (EUROPA PRESS) -

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz archivó hoy la causa abierta contra dos de los cuatro independentistas catalanes que participaron el pasado 11 de septiembre en Barcelona en una manifestación en la que se quemó una fotografía de los Reyes, al no considerarles autores de estos hechos, y trasladó a los juzgados de la capital catalana el procedimiento contra los otros dos, que están acusados de prender fuego a dos banderas de España y Francia.

A principios del pasado mes de octubre, la Fiscalía de la Audiencia Nacional acusó a Guifré Rodes y Marc García de un delito de injurias graves a la Corona por la quema de un retrato de los monarcas, y a Elisenda Ramos y Joaquín Español de ultraje a España por la quema de las enseñas.

Hoy, sin embargo, el fiscal Ignacio Gordillo no presentó cargos contra ninguno de los comparecientes, al entender que la quema de banderas no compete a la Audiencia Nacional sino al juzgado del lugar donde se han producido los hechos y que no está acreditado que ninguno de los jóvenes quemara el retrato real.

NO CONSTA QUIÉN QUEMÓ LA FOTO

En un auto hecho público hoy, Pedraz establece que "no hay base para imputar a persona conocida el delito de injurias a la Corona, dado que no consta quienes fueran los autores de la quema de la foto, al no haberse podido identificar a los mismos".

El juez relata que los hechos se produjeron durante una manifestación con motivo de la Diada que partió en la tarde del 11 de septiembre del Passeig del Born de Barcelona. Allí, "dos individuos no identificados con vestimenta similar y los rostros tapados con pañuelos negros subieron a una tarima montada a modo de escenario y quemaron una fotografía de gran tamaño de SS.MM. los Reyes de España".

A continuación, "siguiendo las indicaciones de una tercera persona que se encontraba en el lateral del escenario, lo abandonaron siendo conducidos por ese individuo hasta una furgoneta próxima, donde tras cambiarse de indumentaria se mezclaron con la gente que la rodeaba, sin que se pudiera lograr su identificación". A partir de la investigación de la política autonómica, el juez Pedraz determina que Guifré "simplemente alquiló la furgoneta" y que García "tan sólo habría podido acompañar a los autores" de la quema.

Posteriormente, otros cuatro individuos, entre los que fueron identificados Español y Ramos, quemaron banderas de España y Francia y volvieron a la citada furgoneta para cambiarse de ropa. Por ello, deduce testimonio para su remisión a los Juzgados de Instrucción de Barcelona, al no ser este delito competencia de la Audiencia Nacional.

"PERSECUCIÓN" DE LOS MOSSOS

Tras declarar durante poco más de media hora, los cuatro jóvenes se negaron a responder a las cuestiones del fiscal Ignacio Gordillo y aseguraron a preguntas de su abogada que, aunque participaron en la manifestación, no llevaban la cara tapada ni quemaron fotografías o banderas.

A su salida de la Audiencia Nacional, en la que fueron recibidas con aplausos por un grupo de cinco personas, Marc García calificó como "persecución política" la actuación de los Mossos d'Esquadra, de la que responsabilizaron al consejero de Interior, Joan Saura (ICV), y prometió "seguir trabajando por la independencia de los Països Catalans".

UNA CONDENA Y UN JUICIO PENDIENTE

En julio pasado, la Audiencia Nacional condenó a los independentistas catalanes Jaume Roura y Enric Stern a 15 meses de prisión sustituibles por el pago de sendas multas de 2.700 euros por un delito de injurias contra la Corona después de que el 13 de septiembre de 2007 quemaran sendas fotografías de los Reyes durante una concentración que se produjo en la plaza del Vino de Gerona.

El magistrado José Luis Castro impuso la misma pena que en noviembre de 2007 había aplicado el juez central de lo Penal, José María Vázquez Honrubia, en un juicio que la Sala de lo Penal ordenó repetir porque este último no permitió a los acusados expresarse en catalán, con lo que "vulneró su derecho a la última palabra".

La segunda resolución judicial establecía que "la Constitución española reconoce el derecho a la libertad de expresión y a la participación política incluso de quienes son contrarios al sistema constitucional", aunque "cuestión distinta es cuando en abuso del ejercicio del derecho se pretende menoscabar la dignidad de otro, en este caso, la Institución de la Corona".

La Audiencia Nacional juzgará el próximo día 29 a otras 16 personas para las que la Fiscalía solicitó multas de 3.600 euros por quemar retratos reales durante una concentración que se celebró el 22 de septiembre de 2007 en la misma plaza de la capital gerundense y que tenía como objetivo expresar su solidaridad con Roura y Stern.