López Tena dice que, en el caso de Euskadi, la competencia para convocar referéndum no está establecida en ningún sitio

Actualizado: sábado, 13 octubre 2007 15:00

BILBAO, 13 Oct. (EUROPA PRESS) -

El miembro vocal del Consejo General del Poder Judicial Enrique López Tena aseguró hoy que "el problema concreto" en Euskadi es que, a pesar de que la autorización de un referéndum sí es competencia del presidente del Gobierno central, "la competencia para organizar o establecer el régimen jurídico" de una consulta de este tipo "no está establecida en ningún sitio".

En una entrevista en Radio Euskadi, recogida por Europa Press, López Tena añadió que "tampoco dice la Constitución" que la convocatoria de la consulta "sea competencia del Estado". "Lo único que dice la Constitución es que el Estado tiene competencia para la autorización", reiteró.

En el caso de Cataluña, puntualizó que el Estatuto prevé "expresamente y se atribuye expresamente a la Generalitat la competencia exclusiva en la organización, régimen jurídico, etcétera en las consultas populares, incluidos los referéndum", con los dos límites legales referidos a que se tiene que tratar de una materia competencia de las instituciones catalanas y de que la autorización concreta la realice el Gobierno español.

Por otro lado, defendió que el derecho de autodeterminación está "reconocido por el Estado español desde el momento en que es miembro de la ONU y firmó su pacto de derechos políticos y sociales donde se establece expresamente".

"El Estado español lo ha reconocido en otros casos, cuando Felipe González era presidente del Gobierno español, el Consejo europeo hizo una declaración firmada por él en la cual se daba la bienvenida a los nuevos miembros de la UE, concretamente los alemanes del este, que se habían unificado ejerciendo el derecho de autodeterminación, dicho así expresamente", explicó.