Parot.- JpD cree que la sentencia no interpreta el Código, sino que "replantea" la jurisprudencia y perjudica al penado

Actualizado: miércoles, 22 febrero 2006 13:10

BILBAO, 22 Feb. (EUROPA PRESS) -

El portavoz del Secretariado de Jueces para la Democracia, Edmundo Rodríguez Achútegui, aseguró hoy que la decisión del Tribual Supremo sobre la petición de acumulación de penas del dirigente de ETA Henri Parot no supone una interpretación del Código Penal, sino un replanteamiento de la jurisprudencia que "perjudica al penado".

En declaraciones a Europa Press, Rodríguez Achútegui mostró su extrañeza por el cambio de postura del alto Tribunal, por considerar que "deja sin efecto toda la interpretación que unánimemente mantenían las 50 Audiencias provinciales españolas respecto al principio de aplicación de los beneficios penitenciarios a la pena refundida".

"La sentencia del Tribunal Supremo que resuelve sobre la refundición de penas de Henri Parot no es una interpretación del Código Penal del 1973, sino un replanteamiento de la jurisprudencia anterior, que carece de justificación y perjudica el penado", aseguró.

El portavoz de la asociación progresista cree que "será muy difícil" justificar el "replanteamiento" de la jurisprudencia, "que, además, no puede tener efecto retroactivo, como no lo ha tenido la redefinición del concepto de 'cantidad de notoria importancia' cuando se juzgan delitos contra la salud pública". Para JpD, lo contrario "vulneraría el principio de irretroactividad que proclama la Constitución".

A su juicio, con la sentencia del TS "se ha producido un retroceso en la lectura garantista de la Constitución en la forma de aplicación de los beneficios penitenciarios". "Al aplicar los beneficios penitenciarios a cada pena, desconociendo el principio de unidad punitiva que deriva del Código Penal de 1973, se hace una lectura que perjudica al penado, lo que sólo puede calificarse como paso atrás en las garantías propias del Derecho Penal", concluyó.