Piden 23 años para los responsables de las obras para la Copa Davis por la muerte de un trabajador

Entre los acusados por el fiscal están representantes de la empresa constructora y de la Federación Española de Tenis

Europa Press Nacional
Actualizado: martes, 29 mayo 2007 16:07

MÁLAGA, 29 May. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía de Málaga ha solicitado un total de 23 años de prisión para los responsables de las obras de instalación de las gradas para la celebración en la capital de una eliminatoria de la Copa Davis, en septiembre de 2003, por la muerte de un trabajador que "sin contrato de trabajo y sin estar dado de alta en la Seguridad Social" participaba en dichas tareas, que se realizaban "sin medidas de protección y seguridad" en la explanada cercana al Palacio de los Deportes de la ciudad.

Los acusados por el fiscal son Miguel Angel H.G., representante de Montajes Miguel Hoyas que hacía las obras; José Antonio B.G., encargado de las mismas y perteneciente a dicha empresa; Víctor B.C., director gerente de la Real Federación Española de Tenis (RFET); Juan B.A., arquitecto técnico y responsable de Seguridad e Higiene de las instalaciones; pidiendo para éstos cuatro años de prisión; y Manuel F.A., jefe de personal y responsable de la contratación de los trabajadores para la empresa, para el que solicita siete años.

Según el escrito de conclusiones provisionales de la acusación pública, al que tuvo acceso Europa Press, todos los acusados "sabían perfectamente que las obras se venían ejecutando sin medidas de protección colectiva alguna y sin que los trabajadores utilizaran en altura cinturones o arneses de seguridad, pese a lo cual no adoptaron medida alguna para remediar las situaciones de riesgo de todos los trabajadores".

El accidente laboral ocurrió a las 09.30 horas del día 22 de agosto y el fallecido fue Matrah M., casado, padre de tres hijos y nacido en Marruecos, pero con visado de entrada expedido por el Consulado de Alemania para visitar en dicho país a su cuñado. El fiscal asegura que éste trabajaba "sin haber formalizado contrato alguno y sin haber sido dado de alta en la Seguridad Social por cuenta de la empresa".

El trabajador estaba realizando los trabajos a una altura de nueve metros "sin llevar calzado homologado y adecuado", puesto que calzaba unos tenis "sin dibujos en las suelas"; y además estaba sin sujeción alguna con cinturón o arnés de seguridad. Así, se precipitó al vacío por un hueco de las gradas, golpeándose la cabeza, lo que le provocó politraumatismo que le produjo la muerte instantánea.

Un agente de Policía recibió la documentación del fallecido del encargado de la obra, quien, junto a otro empleado, retiró de un barracón donde descansaban los obreros una mochila y las pertenencias del accidentado, al que se le realizaron las pruebas de presencia de alcohol u otras sustancias estupefacientes que dieron negativas, según la calificación provisional.

Con posterioridad al siniestro, el responsable de la RFET comunicó a la Inspección de Trabajo el nombramiento del coordinador de Seguridad y Salud de dichas obras, para el que fiscal pide el sobreseimiento libre de la causa, ya que dicho coordinador fue nombrado en concreto seis días más tarde de lo ocurrido.

Los delitos de los que se les acusan a todos los procesados son de imprudencia grave con resultado de muerte y contra los derechos de los trabajadores, por los que solicitan cuatro años de prisión para cada uno e inhabilitación especial para oficio relacionado con la construcción; mientras que al responsable de contratación se le acusa de otro delito contra los trabajadores, por el que el fiscal pide tres años más de prisión y multa de 6.600 euros.

TRÁMITES PARA LAS OBRAS

En el relato, el ministerio público explica que, según el pliego de condiciones firmado entre el Palacio de los Deportes y la Federación de Tenis, ésta última entidad respondería de "la idoneidad técnica y seguridad de las gradas tanto en orden a la petición de licencia como para su funcionamiento". Así, la RFET adquiría la condición de promotor-constructor y la empresa la de subcontratista. No obstante, el Palacio de Deportes asumió también "la condición de promotor y las obligaciones propias de promotor-constructor".

La Gerencia de Urbanismo otorgó el permiso condicionando el inicio de las actuaciones a los informes y certificados técnicos y de Bomberos, según el escrito de la acusación pública, en el que se precisa que el Plan de Seguridad y Salud "carecía del rigor necesario para ser un instrumento válido de prevención, al no recogerse el método de trabajo para la realización del montaje de la estructura y no estar aprobado por la Coordinación de Seguridad".

Además, para el fiscal, "ni los promotores-constructores ni la empresa subcontratista informaron a los trabajadores de los riesgos que corrían ni tampoco de las medidas de prevención y protección que debían adoptar en el desempeño de los trabajos". No obstante, tanto la sociedad encargada de la instalación como el Ayuntamiento de Málaga tenían formalizado póliza de responsabilidad civil con dos aseguradoras.

En este sentido, la acusación solicita indemnización de 150.000 euros, cantidad de la que responderán solidariamente los acusados, así como dichas aseguradoras, como responsables civiles directos; y la empresa y la Federación de Tenis, como subsidiarios.

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