El líder de Podemos, Pablo Iglesias
El líder de Podemos, Pablo Iglesias - EUROPA PRESS - Archivo
Actualizado: miércoles, 12 agosto 2020 14:26

Acusa al juez de hacer una causa general contra el partido con una denuncia basada en meras sospechas o apreciaciones subjetivas

MADRID, 12 Ago. (EUROPA PRESS) -

Podemos ha presentado un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid solicitando la nulidad de la causa en la que el partido está imputado como persona jurídica al considerar que las pruebas que dice haber aportado el abogado despedido José Manuel Calvente son meras "sospechas", no tienen "relevancia penal" y además fueron obtenidas de forma "ilícita".

El escrito, de 26 páginas y al que ha tenido acceso Europa Press, afirma que el auto de imputación "adolece de nulidad radical y de pleno derecho, en tanto que la documentación aportada por el denunciante habría sido obtenida vulnerando el deber de sigilo y confidencialidad que acarreaba el ejercicio de las funciones de su cargo, en detrimento del derecho fundamental a la intimidad que es predicable tanto de las personas jurídicas así como de los miembros que la componen y de terceras personas afectadas por dicha intromisión injustificada".

En su opinión, la documentación aportada por Calvente al Juzgado de Instrucción número 42 de Madrid, que ha llevado a éste a imputar al partido y varios dirigentes por posible malversación y administración desleal, tiene "un efecto contaminante sobre el resto de las pruebas que se puedan obtener en el seno del presente procedimiento".

"Como puede comprobarse tanto del texto de su denuncia como de la declaración prestada en sede judicial, resulta obvio que la documental aportada fue obtenida en el ejercicio de sus múltiples cargos y funciones en Podemos. El hecho de que su régimen de contratación fuera por cuenta ajena en absoluto altera ni su prerrogativa ni su obligación de guardar secreto profesional, las cuales permanecen incólumes, conforme reconocen expresamente tanto el artículo 27.4 del Estatuto General de la Abogacía Española como el artículo 46 de los Estatutos del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona", explica.

NO ES UNA INVITACIÓN A VULNERAR EL SECRETO PROFESIONAL

Según el recurso, "las manifestaciones de representantes del partido por las cuales se advertía que cualquier persona que denunciara actos irregulares o ilícitos tendría que probarlo ante los tribunales no pueden ser entendidas como invitaciones genéricas a vulnerar el secreto profesional ni por supuesto ningún tipo de autorización expresa para divulgar documentación e información que hubiera obtenido en el ejercicio de su cargo, que afectaría no sólo al partido sino a terceras personas que ahora resultan investigadas".

Entre esa información de la que habla Podemos hay "datos de carácter personal" de miembros del partido y ajenos, como números de DNI, cuentas bancarias, domicilios, teléfonos o datos de afiliación a la Seguridad Social.

Para el partido que lidera Pablo Iglesias, la investigación contable interna que dice Calvente que estaba realizando junto con otra abogada de la formación, Mónica Carmona, cuando fue despedido en diciembre de 2019 fue, "a todas luces, fraudulenta".

Todo ello lleva al partido a argumentar que la documental aportada por el denunciante ha de ser excluida del procedimiento por haber sido obtenida "mediando vulneración de derechos fundamentales, debiendo haberse inadmitido 'ad limine' la denuncia formulada, y por supuesto, todas las diligencias interesadas en virtud de tal vicio de nulidad".

INVESTIGACIÓN PROSPECTIVA O CAUSA GENERAL

Por otro lado, Podemos asegura en su recurso a la Audiencia Provincial que los hechos denunciados "carecen de cualquier sustento indiciario ni tienen la relevancia penal suficiente para iniciar una instrucción judicial", ya que la considera una "suerte de investigación prospectiva o causa general".

El escrito subraya que los hechos que denuncia Calvente están basados en "meras apreciaciones subjetivas" que el juez de instrucción, Juan José Escalonilla, ha hecho "suyas en su integridad sin someterlas a un mínimo juicio de ponderación o análisis objetivo".

"La denuncia es una sesgada combinación de apreciaciones subjetivas y de un conjunto desordenado, interesado y seleccionado de documentos que no alcanzan la aspiración voluntarista y tendenciosa de dar apariencia de ilegalidad a los hechos que denuncia", afirma.

Como ya hizo en el escrito que presentó ante el mismo juez instructor hace unos días, Podemos también alude al hecho de que sólo se le ha dado traslado de 41 minutos de la declaración que prestó Calvente en sede judicial para ratificar su denuncia y que se alargó casi tres horas y media.

"La sorprendente respuesta del juzgado fue que lo entregado era lo único que consta en el procedimiento, junto con la documentación que esta parte aportó en dicha comparecencia. Y tampoco consta que se hiciera transcripción de la declaración", explica el partido para exponer la "indefensión" en la causa que le genera esta situación al "tener que ejercitar a ciegas el derecho de defensa".

Es por ello que piden nuevamente, esta vez ante la Audiencia Provincial de Madrid, la "nulidad de pleno derecho" de la comparecencia de Calvente, además de las diligencias que el instructor acordó tras escuchar al exabogado de Podemos, esto es, las imputaciones de varios dirigentes como el secretario de Comunicación, Juan Manuel del Olmo, el tesorero, Daniel de Frutos, y la gerente, Rocío Esther Val.

VOX, ACUSACIÓN POPULAR

Ese derecho de defensa, apunta, "se ve todavía más perturbado al comprobar la celeridad con la que, a pesar de lo incipiente del proceso, el juzgado ha admitido como acusación popular al partido político Vox, con evidentes, públicas y notorias diferencias" con Podemos.

Por todo ello, la formación morada entiende que "la investigación, que parte de meras sospechas sin sustento probatorio alguno, debía haber sido archivada sin trámite". En caso de que la Audiencia Provincial no lo estime oportuno, considera que se "debería haber evitado abrir una causa general y no practicar diligencias absolutamente irrelevantes para la causa y haber verificado con la propia entidad denunciada la documentación que pudiera contrarrestar las sesgadas afirmaciones y apreciaciones subjetivas del denunciante, así como a través de organismos oficiales".

"Lo contrario, como ocurre en este caso, es simplemente una investigación irregular, indeterminada, con graves perjuicios al derecho a la defensa y la presunción de inocencia", concluye el escrito.

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