El PP reta a Llop a aclarar al Congreso si modificará el delito de malversación como pide la UE

La ministra de Justicia, Pilar Llop, interviene durante una sesión de control al Gobierno, en el Congreso de los Diputados.
La ministra de Justicia, Pilar Llop, interviene durante una sesión de control al Gobierno, en el Congreso de los Diputados. - Eduardo Parra - Europa Press
Publicado: jueves, 4 mayo 2023 19:18

MADRID, 4 May. (EUROPA PRESS) -

El PP quiere que la ministra de Justicia, Pilar Llop, aclare el próximo miércoles en el Pleno del Congreso si el Gobierno acometerá una nueva reforma del delito de malversación siguiendo la idea lanzada por Bruselas o desoirá la propuesta comunitaria.

En concreto, ha sido el portavoz 'popular' en la Comisión de Justicia, Luis Santamaría, quien ha registrado esta pregunta para titular del ramo, según consta en el listado de cuestiones que han presentado los 'populares' para la sesión de control, al que ha tenido acceso Europa Press.

La Comisión Europea ha planteado una pena máxima de al menos cinco años para delitos de malversación en toda la UE, una propuesta que obligaría a España a volver a reformar el delito de malversación, tras la modificación acometida por el Gobierno de coalición, que ha rebajado las penas para ciertos casos.

LA ÚLTIMA REFORMA, EN VIGOR DESDE ENERO

Dicha reforma, que entró en vigor el pasado 12 de enero, mantuvo el tipo tradicional de malversación en el artículo 432 con las mismas penas (de 2 a 12 de cárcel y 6 a 20 de inhabilitación), pero precisando que debe haber "ánimo de lucro" cuando la autoridad o funcionario público "se apropiare o consintiere que un tercero, con igual ánimo, se apropie del patrimonio público que tenga a su cargo por razón de sus funciones o con ocasión de las mismas".

Además, creó dos tipos atenuados de malversación. Uno para cuando "la autoridad o funcionario público que, sin ánimo de apropiárselo, destinare a usos privados el patrimonio público puesto a su cargo por razón de sus funciones o con ocasión de las mismas", con penas de 6 meses a 3 años de prisión e inhabilitación de 1 a 4 años.

Y un segundo tipo para "la autoridad o funcionario público que, sin estar comprendido en los artículos anteriores, diere al patrimonio público que administrare una aplicación pública diferente de aquélla a la que estuviere destinado", sancionado con entre de 1 a 4 años de cárcel y 2 a 6 de inhabilitación.