Una secretaria judicial plantea que los funcionarios de Justicia puedan objetar en la tramitación de matrimonios gays

Europa Press Nacional
Actualizado: miércoles, 10 octubre 2007 20:01

MADRID 10 Oct. (EUROPA PRESS) -

La secretaria judicial de un Juzgado de lo Penal de Madrid, Isabel García Nieto, ha planteado ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) la posibilidad de que un funcionario de la Administración de Justicia pueda ejercer el derecho a la objeción de conciencia por motivos ideológicos y religiosos, como en casos de tramitación de procedimientos de matrimonio entre personas del mismo sexo.

Durante su intervención en un simposio sobre esta cuestión, organizado por ANDOC, García Nieto proclamó el derecho de un funcionario judicial a poder plantear "la objeción de conciencia, como derecho fundamental, inherente a la persona, en cuanto integrante de la libertad ideológica y religiosa para abstenerme de intervenir" en este tipo de asuntos.

Dejó claro que la objeción de conciencia planteada ante el alto tribunal, que está pendiente de fallo, se refiere "exclusivamente" a motivos religiosos y recordó que se encuentra amparado en la doctrina del Tribunal Constitucional y jurisprudencia del Tribunal Supremo.

A juicio de la secretaria judicial, este derecho debe ser respetado porque "forma parte del contenido del derecho fundamental a la libertad ideológica y religiosa" reconocida en la Constitución. No obstante, precisó que no entraba a discutir el "derecho que le pueda asistir a los contrayentes del mismo sexo para poder contraer matrimonio entre sí".

Durante la charla, explicó que su actuación se fundamenta en "el choque producido entre la norma legal, que impone un hacer, y la norma moral que se opone a esa actuación". "Una norma moral --indicó-- que se ve amparada por un sistema de pensamiento coherente y suficientemente orgánico, y de acuerdo con la conceptuación que de este tipo de uniones tiene la Iglesia a la que pertenezco".

"PRESUNCIÓN DE SINCERIDAD".

En su intervención, opinó que "la concepción heterosexual del matrimonio forma parte esencial de múltiples creencias religiosas y en concreto de la fe católica". A su juicio, "está claro que las indicaciones provenientes de una confesión religiosa no tienen por qué vincular al Estado, pero sí que la constatación de esa realidad sirve para comprobar que la objeción goza de una presunción de sinceridad".

"La primera condición inexcusable --señaló-- es que la conducta que busca amparo en la objeción de conciencia no lesione el orden público, límite infranqueable. Deben, pues, a mi juicio, respetarse los derechos fundamentales de otras personas y en este caso en concreto el derecho legal que asiste a las personas del mismo sexo a contraer matrimonio".

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