Seis años de cárcel para ocho miembros de SEGI por integración en ETA

Actualizado: jueves, 29 octubre 2009 20:05


MADRID, 29 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a seis años de prisión a los ocho miembros de SEGI (juventudes de Batasuna) que juzgó hace dos semanas por ejecutar acciones de violencia callejera por órdenes de ETA. La Fiscalía había solicitado para cada uno de ellos 8 años de cárcel.

Los ocho jóvenes, con edades comprendidas entre los 20 y los 27 años, que se presentaron ante el tribunal con camisetas idénticas a favor de la independencia, han sido encontrados culpables de un delito de integración en organización terrorista. Se trata de Gandiaga Ibarzabal, Urko Pagoaga Leuriondo, Ainhoa Pagoaga Leturiondo, Iban Etxebarria Barinagarrementeria, Borja Oregui Urrutia, Zaloa Zenarrutzabeitia Iruguenpagate, Eneko Etxaburu Markuerkiaga y Eneko Ostolaza Icaran.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Ángel Hurtado, señala que se les condena por prestar algún tipo de servicio que podría ser en el campo ejecutivo, logístico o económico de la banda, pero también en ideológico.

"Lo relevante es que exista el grupo armado para la consecución de los fines violentos que se ha marcado, en el que una aportación ideológica, como también una de puesta a disposición de los servicios o esfuerzos propios, es de vital importancia para tal consecución", afirma la sentencia en sus fundamentos jurídicos.

Aclara que lo que el Derecho Penal castiga no es la ideología, "sino los medios utilizados para llevarla a cabo". "Dicho de otra manera, no puede ampararse en motivaciones ideológicas quien con su comportamiento viola el ordenamiento punitivo, porque tolerar esto es tolerar un fraude legal en el que, bajo el amparo de que se proscriben ideas, se pretende atacar con actuaciones contrarias a Derecho al grupo social", añade la resolución.

La Audiencia Nacional considera probado que los acusados, "unas veces unos y otras veces otros, pero siempre coordinados entre sí, participaron en diferentes actuaciones propias de la violencia callejera".

La Sala estima que dichas intervenciones "sí son una muestra externa de integración" y, como prueba "fundamental y su suficiente", señala las declaraciones que los procesados prestaron en sede policial tras ser detenidos, que luego fueron sometidas a contradicción durante la vista oral.

LA MISMA CAMISETA

Durante el juicio, y vestidos con camisetas rojas con el lema 'Independentzia', los ocho acusados sólo respondieron a las preguntas de los abogados de la defensa, relativas a las circunstancias en las que se produjeron sus declaraciones ante la Policía. Todos aseguraron que fueron hechas bajo amenazas y torturas.

Uno de los testigos, el comisario jefe de la Brigada Provincial de Información de Bilbao, explicó que la operación que culminó con la detención de los ocho jóvenes fue fruto de una investigación desarrollada en la localidad vizcaína de Markina-Xemein, para esclarecer los ataques de violencia callejera que se venían sucediendo.

EL SECRETARIO FUE VÍCTIMA

Al ser preguntado por el fiscal, el agente explicó que el secretario del atestado realizado tras las detenciones no podría declarar en el juicio, ya que fue asesinado por ETA. Se trataba del inspector de la Policía Eduardo Puelles, que murió como consecuencia de la colocación por parte de ETA de una bomba-lapa en los bajos de su coche.

Los acusados formaban parte de un grupo que desarrolló su actividad desde principios de 2006 hasta enero de 2008 en la comarca de Lea Artibai y, concretamente, en la localidad vizcaína de Markina-Xemein.

En los registros de sus domicilios y de un 'gaztetxe' (casa de la juventud) que frecuentaban en Markina fue incautada información sobre la construcción del tren de alta velocidad y documentación de las ilegales Batasuna, EKIN y Askatasuna. SEGI fue declarada organización terrorista en una sentencia dictada por el Tribunal Supremo en enero de 2007.