Sortu.- La tramitación del incidente de nulidad no permitirá al TC pronunciarse antes de la presentación de candidatos

Sortu es "una amenaza objetiva"
EP
Europa Press Nacional
Actualizado: martes, 5 abril 2011 20:13

MADRID 5 Abr. (EUROPA PRESS) -

La admisión y consiguiente tramitación del incidente de nulidad que Sortu tiene previsto plantear ante la Sala del 61 del Tribunal Supremo puede llevar unos veinte días, por lo que, dada la exigencia legal de agotar este trámite previo, parece poco probable que quede tiempo suficiente para que el Tribunal Constitucional(TC) pueda pronunciarse a tiempo sobre la legalidad del nuevo partido abertzale.

Fuentes del alto tribunal han señalado este martes que a las 15.00 horas de hoy no existía constancia de que Sortu ya hubiera presentado su escrito.

La petición puede ser rechazada de plano o bien admitida a trámite. En este segundo caso, debe darse audiencia a las diferentes partes personadas en el procedimiento, para lo que se les daría un plazo de cinco días. Tras la resolución definitiva del Supremo, la defensa de Sortu ya podría solicitar amparo ante el TC.

Esta circunstancia hace aún más difícil que pueda llegarse a una resolución del Constitucional sobre Sortu ante del próximo 18 de abril, fecha tope para que el nuevo partido de la izquierda abertzale pudiera presentar sus candidaturas de cara a los próximos comicios locales.

La realización de este trámite es obligada en función de una reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) aprobada en mayo de 2007. Así se señala en el voto particular que siete magistrados de la Sala del 61 del Tribunal Supremo han formulado frente al auto de prohibición de la inscripción.

Concretamente, advierten de que la modificación del artículo 241 de la LOPJ llevada a cabo por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, "amplía el objeto del incidente de nulidad de actuaciones ante el propio tribunal que dictó la resolución como vía previa al amparo constitucional, a las vulneraciones de derechos fundamentales reconocidos en el artículo 53.2 de la CE", lo que debe aplicarse al caso de Sortu.

Sortu informó este lunes que, de forma simultánea al incidente de nulidad, instará a "la suspensión de la ejecución y eficacia" del auto, para evitar "que el incidente pueda perder su finalidad".

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