El Supremo anula dos resoluciones de la Policía por limitar la libertad sindical durante el conflicto colectivo de 2008

Desestima el recurso de la Abogacía del Estado que consideró que la Unión Federal de la Policía pidió una exención de servicio "abusiva"

Europa Press Nacional
Actualizado: sábado, 5 febrero 2011 11:30

MADRID, 5 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) por la que se declararon nulas dos resoluciones dictadas por la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil el 2 de julio de 2008 al entender que limitaron el derecho a la libertad sindical de varios agentes en un momento en el que estaba abierto el conflicto colectivo con el Ministerio del Interior, el cual desembocó en una multitudinaria manifestación celebrada en octubre de aquel año en Madrid.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha desestimado el recurso interpuesto por el Abogado del Estado contra la sentencia dictada en julio de 2009 por el TSJM. Esta resolución daba la razón a la Unión Federal de la Policía (UFP) que denunció cómo estas circulares impidieron a varios representantes sindicales obtener unos días de exención de servicio para participar en varias asambleas.

El portavoz de la UFP, Alfredo Perdiguero, ha explicado a Europa Press que Interior coartó entonces la libertad sindical de unos 300 agentes pertenecientes a las organizaciones que convocaron unos meses más tarde la manifestación que concentró a cientos de policías nacionales, vestidos de civiles, en las calles de Madrid para pedir una equiparación salarial con las policías autonómicas.

Los sindicatos policiales mantenían un enconado conflicto con el Ministerio del Interior en el verano de 2008, durante el cual llevaron a cabo huelgas de celo que fueron contestadas por el Gobierno con destituciones de agentes y limitación del ejercicio sindical.

"PRESIONAR A LA ADMINISTRACIÓN"

El abogado del Estado entendió que la UFP realizó una solicitud de exención de servicio para ejercer la actividad sindical "abusiva" y "desmesurada" con la finalidad de "presionar a la Administración en el conflicto colectivo entablado con el Ministerio del Interior".

Sin embargo, el Supremo rechaza las resoluciones de la Dirección General de la Policía que aducían que las razones de servicio, concretadas en el disfrute de vacaciones de otros agentes y la sobrecarga de trabajo, condicionaban el ejercicio del "derecho fundamental" a la actividad sindical.

La Sala, presidida por el magistrado José Manuel Sieira, remarca que las resoluciones deberían haberse "individualizado", teniendo en cuenta las circunstancias específicas de cada centro de trabajo en donde prestaran servicio los representantes sindicales. La limitación de este derecho, añade, "conlleva unas exigencias de justificación en términos de proporcionalidad de la medida adoptada que no se han producido en el caso analizado".

La Unión Federal de Policía ha celebrado que los agentes han ganado en los tribunales esta "batalla" frente al departamento del director general de la Policía y la Guardia Civil, Francisco Javier Velázquez. "Es una pena que tengamos que llegar a los tribunales para ver reconocido este derecho fundamental, pero por desgracia muchas veces la vía administrativa se nos cierra y no queda otra vía que la Justicia", ha remarcado.

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