MADRID, 5 May. (EUROPA PRESS) -
El único caso de malos tratos en el ámbito familiar investigado por el Tribunal Supremo hasta el momento, una denuncia presentada por la exmujer de un senador 'popular' que le acusaba de agredirla, terminó con el sobreseimiento de las actuaciones.
En aquella ocasión, el alto tribunal tomó declaración al acusado, que quiso comparecer de forma voluntaria, interrogó a varios testigos, y consideró que los indicios existentes en su contra adolecían de una "manifiesta debilidad" y los testimonios de la exmujer y del imputado presentaban "patentes asimetrías" que arrojaban dudas sobre su realidad.
La resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, dudaba también del testimonio de la esposa del denunciado que alegó "temor" para explicar algunas 'lagunas' en su reflejo de los hechos. "Ese hipotético temor" no puede explicar que "quien da el paso de denunciar omita en su relato las circunstancias más graves", decía el Supremo.
También destacaban los magistrados que el carácter vago e inconexo de la denuncia "sólo sugería una situación matrimonial conflictiva y de desafecto" y mencionaban la posible existencia de "agresiones recíprocas".
En aquel caso el maltrato denunciado se produjo durante un encuentro entre los dos miembros del matrimonio una vez se había producido la separación. La mujer acudió al domicilio de él para abordar el pago de los gastos de estudios de la hija mayor común lo que derivó en una discusión.
DE VUELTA A LA JUEZ DE LAS PALMAS
El Supremo ha acordado este martes devolver al Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Las Palmas de Gran Canaria las actuaciones contra el eurodiputado y exministro de Justicia Juan Fernando López Aguilar por supuestos malos tratos a su exmujer Natalia de la Nuez aduciendo "déficit" argumental en la exposición que le fue remitida por este órgano.
La juez canaria deberá continuar investigando pero sin tener en cuenta los hechos contenidos en una primera denuncia presentada contra el mandatario socialista y que ya fue archivada, que deben ser tenidos como 'cosa juzgada".
Pese a que la Fiscalía sí que vio indicios de delito, para el alto tribunal resulta ineludible que la jueza instructora precise en su exposición razonada qué hechos podrían dar lugar, si así lo considera acreditado, a la imputación del aforado y excluya aquellos otros sobre los que se proyecte la resolución de sobreseimiento libre acordada tras la denuncia inicial de don Gorka de la Nuez (su hijastro)".