MADRID, 3 Jun. (EUROPA PRESS) - "No se trata de una importancia identificable en la relevancia constitucional de esa entrevista, sino de una 'importancia' que ha de valorarse en conexión con los fines del proceso al que el solicitante se halla sometido", resalta el auto. Sin embargo, el tribunal argumenta que la necesidad de una pronta respuesta motivada que despeje las incertidumbres acerca de la petición de Sánchez, hace aconsejable no retrotraer las actuaciones para la correcta formalización del expediente. La presidenta del Congreso, Meritxell Batet, ya advirtió a Junts de que no incluirá al diputado suspendido en la lista que está confeccionando para la ronda de consultas con el jefe del Estado si el Tribunal Supremo no le da permiso para salir de la cárcel.