El tribunal rechaza nuevamente apartar a Echarri del juicio de 'Tándem' por su "reunión de cortesía" con Villarejo

Señala que el encuentro no guarda relación alguna con los trabajos del comisario que se están juzgando

Archivo - El comisario jubilado José Manuel Villarejo a su llegada a una nueva sesión del juicio por ‘Tándem’, en la Audiencia Nacional
Archivo - El comisario jubilado José Manuel Villarejo a su llegada a una nueva sesión del juicio por ‘Tándem’, en la Audiencia Nacional - Jesús Hellín - Europa Press - Archivo
Europa Press Nacional
Actualizado: viernes, 22 abril 2022 14:27

MADRID, 22 Abr. (EUROPA PRESS) -

El tribunal que juzga tres piezas separadas de la macrocausa sobre los negocios privados del comisario José Manuel Villarejo ha rechazado nuevamente la petición del ahora policía jubilado de apartar al juez Fermín Echarri, al considerar que la reunión que ambos mantuvieron en 2014 en el marco de otra causa fue un encuentro de "cortesía" por un asunto ajeno al ahora juzgado, que no permite atribuir a este magistrado "ninguna contaminación" que justifique su expulsión del tribunal.

Villarejo ha pedido hasta en dos ocasiones recusar a Echarri alegando que no tiene la "imparcialidad" exigida porque se reunieron el 8 de julio de 2014 en el Juzgado de Instrucción Número 52 de Madrid, que entonces dirigía el magistrado, para "buscar una salida discreta al problema judicial que tenía el comerciante de armas" libanés Abdul Rahman El Assir El Kassab, al que se acusaba de haber defraudado a Hacienda más de 14 millones de euros.

En un auto del pasado miércoles, al que ha tenido acceso Europa Press, el tribunal vuelve a respaldar a Echarri al estimar que, del relato efectuado por Villarejo, "no se desprende atisbo alguno de parcialidad objetiva o subjetiva, más allá de las meras impresiones parciales y sesgadas mantenidas por la parte recusante, no avaladas por dato objetivo alguno del que pudiera inferirse la existencia del interés indirecto denunciado".

Así, señala que "se trataba de una reunión de cortesía" debido al "interés policial" que Villarejo, "en esos momentos comisario del Cuerpo Nacional de Policía adscrito a la Dirección Adjunta Operativa Operativa (DAO) con funciones de Inteligencia", había trasladado a Echarri sobre el caso de El Assir, que entonces estaba instruyendo, "en el que al parecer el imputado mantenía algún tipo de relación con el anterior jefe del Estado".

"En la citada reunión, por otro lado habitual en el marco de las relaciones institucionales entre la administración de justicia y la Policía, se le informa al mencionado funcionario policial de la situación procesal de aquella, en la que había finalizado la fase de instrucción y se encontraba pendiente únicamente el
dictado por el juzgado el auto de apertura de juicio oral", detallan.

El tribunal subraya que Echarri era "ajeno a las concretas circunstancias que se encontraban más allá del propio procedimiento penal, y que no constaban en aquél, como informaciones, comunicaciones, reuniones y relaciones mantenidas por el propio Villarejo con terceros (en sus labores de inteligencia policial), o los motivos que llevaron a aquél a solicitar tal reunión".

A ello añaden que "el procedimiento al que se hace mención ninguna conexión tiene con las piezas que ahora son objeto de enjuiciamiento, ni desde el punto de vista objetivo, ni subjetivo, ya que Villarejo ni era parte procesal en aquella, ni tan siquiera formaba parte de la unidad investigadora" del caso El Assir.

Además, indican que "no es extraño" que Echarri dijera en un principio que no se acordaba de su reunión con Villarejo, recalcando en este sentido que el propio comisario explicó en el juicio que tampoco se acordaba --"no obstante haberla grabado y haber efectuado anotaciones en sus agendas personales"--, dado que han transcurrido ocho años.

"Ninguna contaminación procesal se produce en aquél (Echarri) por la reunión en cuestión, ni menos aún, como decimos, por haber negado la existencia de la misma, pues su contenido en ningún caso pone en duda la imparcialidad objetiva y subjetiva de aquél, contrariamente a lo que pretende la parte recusante", inciden los magistrados.

UNA PETICIÓN "FRAUDULENTA"

De este modo, el tribunal se alinea con la Fiscalía Anticorrupción, que se posicionó en contra de la petición de Villarejo "por resultar manifiestamente extemporánea y haberse promovido con evidente mala fe procesal, constituyendo, en definitiva, una pretensión en fraude de ley".

El Ministerio Público puso de relieve que el incidente de recusación se basa en "documentos generados" por el propio Villarejo hacía años --una grabación de la conversación que tuvieron y sus agendas personales--, por lo que entiende que podía haberlos invocado cuando supo que Echarri formaría parte del tribunal que le iba a juzgar por 'Tándem', no ahora, después de varios meses de juicio.

El tribunal coincide con Anticorrupción en que esta nueva recusación contra Echarri es "extemporánea", además de "reiterativa", dado que es la segunda que dirige contra él, a la que se suma una tercera contra los tres magistrados, y "arbitraria" porque "las meras sospechas no van más allá, no existen datos objetivos que las soporten".

Con todo, el tribunal califica directamente de "fraudulenta" la pretensión de Villarejo, al que reprocha asimismo "un evidente ánimo dilatorio de intentar suspender o paralizar a toda costa el desarrollo del acto del juicio oral".

Una vez rechazada esta nueva recusación, está previsto que el tribunal, integrado también por las magistradas Ángela Murillo y Carmen Paloma González, retome el próximo lunes el juicio donde Villarejo se enfrenta a 109 años de cárcel por los presuntos trabajos de espionaje que habría dirigido contra empresas, despachos de abogados y particulares por encargo de sus clientes en CENYT, el grupo empresarial del comisario.

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