El Tribunal Supremo confirma la absolución de uno de los etarras acusados de colaborar en el asesinato del juez Lidón

Actualizado: martes, 7 abril 2009 19:26

Rechaza las declaraciones inculpartorias ante la policía de un coimputado porque luego se desdijo de ellas en el juicio oral

MADRID, 7 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia absolutoria por falta de pruebas dictada por la Audiencia Nacional en junio de 2008 en favor del etarra, Urtzi Murueta, juzgado por proporcionar datos a la banda para asesinar en 2001 al juez de la Audiencia de Vizcaya José María Lidón. El alto tribunal rechaza así el recurso presentado por la Fiscalía, que pedía tener en cuenta las declaraciones realizadas ante la Policía por uno coimputados en los mismos hechos.

El Ministerio Público defendía que uno de los compañeros de Murueta, Orkatz Gallastegui Sodupe --ya condenado a 26 años de cárcel por estos hechos--, reconoció ante la Policía y en presencia de un abogado haber ejercido labores de vigilancia del domicilio, horario y trayectos del citado magistrado por indicación de Murueta, persona a la que reconoció en dependencias policiales y a quien, según su declaración, trasladó la información obtenida.

No obstante, según recuerda la sentencia del alto tribunal hecha pública hoy, el propio Gallastegui se desdijo después de aquellas declaraciones inculpatorias negándolas ante el juez instructor y en el juicio oral, donde fue interrogado.

Por ese motivo, la resolución del Tribunal Supremo --de la que ha sido ponente el magistrado Francisco Monterde-- alega que la fiscal del caso, Blanca Rodríguez, "no opuso ninguna objeción en la vista a la declaración en calidad de coimputado de Gallastegui ni a la valoración que, consecuentemente, el tribunal de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional pudo hacer de sus manifestaciones".

"Esto impide", a juicio del alto tribunal, considerar que de los argumentos de la sentencia recurrida "se desprenda un quebrantamiento de forma que en relación con una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva alegada por la Fiscalía", que pedía una condena de 30 años de prisión para Murueta y la obligación de indemnizar con un millón de euros a los herederos del fallecido.

CONDICIÓN DE COIMPUTADO

"La Sala de instancia parte, en todo momento, de la condición de coimputado de Orkatz Gallastegui cuando comparece a declarar en el juicio contra Murueta", insiste la sentencia conocida hoy en la que recoge parte del acta de la vista celebrada en la Audiencia Nacional que "pone de manifiesto que fue advertido el compareciente por quien presidía el Tribunal de que 'no tiene obligación de declarar, conforme a la nueva doctrina del Tribunal Supremo'".

La puesta en libertad de Murueta, que se encontraba en la prisión de Fontcalent (Alicante), se produjo un día antes de que la Sección Tercera de la Sala de lo Penal hiciese pública su absolución. Murueta Gondra, condenado en 2004 a seis años de cárcel en Francia por asociación de malhechores y otros delitos, fue extraditado por las autoridades francesas el 11 de septiembre de 2007 para ser juzgado por su supuesta participación en el asesinato del juez Lidón.

El 20 de noviembre de 2002 fue detenido en la localidad francesa de Limoges tras tener que ser hospitalizado para ser atendido por las heridas que le provocó la explosión de un artefacto que, al parecer, estaba manipulando.