TS anula la sanción impuesta a un cabo por negarse a aportar datos personales a un archivo informático

Actualizado: jueves, 19 febrero 2015 15:03

Defensa había impuesto por ello un arresto de un mes y un día al presidente de la AMTM

MADRID, 19 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha anulado la sanción de un mes y un día de arresto impuesto al cabo del Ejército de Tierra y presidente de la Asociación de Militares de Tropa y Marinería (AMTM), Antonio Martínez Cánevas, por negarse a firmar una cláusula de confidencialidad que le obligaba, además de guardar reserva, a aportar datos de carácter personal para un archivo informatizado.

Para el alto tribunal en este caso el tratamiento de datos de carácter personal requiere el "consentimiento inequívoco del afectado" que si se obtiene bajo orden "deja de ser libre y voluntario" y por tanto, "se transforma en una imposición coactiva que conduce a la inexistencia de consentimiento".

En este caso no era admisible una conminación a la firma de la indicada cláusula mediante una orden -por ello seguramente Martínez Cánevas no recibió orden como tal, sino requerimiento-, y la inexistencia de una orden legítima hace inadmisible una sanción, según establece la sentencia de la Sala de lo Militar del TS dada a conocer este jueves.

En el documento que se negó a firmar el cabo, que ha sido sancionado en varias ocasiones por Defensa por distintos motivos, existían dos cláusulas de confidencialidad: una genérica respecto de cualquier dato o información que el Ejército de Tierra pueda conocer en el ejercicio de su trabajo, a la que el Supremo no pone ningún pero; y la referida a datos propios para incorporarlos a una base informatizada, que es la que se cuestiona.

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