El TS celebrará mañana la vista sobre la absolución de Vicario Setién por el secuestro de Aldaya

Actualizado: martes, 20 noviembre 2007 18:38

MADRID, 20 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo celebrará mañana una vista para estudiar el recurso de casación presentado por la Fiscalía, por vulneración a la tutela judicial efectiva, contra la sentencia de la Audiencia Nacional que absolvió por falta de pruebas al etarra Gregorio Vicario Setién por el secuestro de José María Aldaya en 1985.

El fiscal entendía que el tribunal rehusó de forma "arbitraria" valorar como dato externo corroborador de las declaraciones de los coimputados el informe pericial, que constaba en la causa, que identificó el ADN del etarra en las muestras obtenidas en una maquinilla de afeitar intervenida en el zulo donde el empresario permaneció 341 días.

Así, la Sala de lo Penal del alto tribunal presidida por el magistrado Francisco Monterde tendrá que decidir si confirma la sentencia de la Audiencia Nacional que absolvía al ex dirigente de la banda terrorista ETA o acoge la tesis de la Fiscalía y condena a Vicario Setién.

El Ministerio Público del alto tribunal fundamentó su recurso en tres motivos: infracción del derecho a la tutela judicial efectiva; error en la apreciación de la prueba; e indebida aplicación de artículos del Código penal vigente. Por ello, pidió al Supremo que anulara dicha resolución y condenara a 17 años de prisión al etarra como autor de un delito de detención ilegal, al igual que reclamó la Fiscalía de la Audiencia Nacional.

En su recurso el fiscal criticó que el tribunal se negase de forma "arbitraria" y "con manifiesta irracionalidad" a valorar tanto el informe de ADN por no haberse propuesto por el fiscal Ignacio Gordillo ni la acusación popular en el juicio como los testimonios policiales prestados por los coimputados ya condenados por estos hechos Francisco Ramada Estévez y Sagrario Yoldi Múgica, quienes declararon como testigos en la vista oral.

Recordó que la sentencia declaró que no llegó a desvirtuarse la presunción de inocencia del etarra, al alegar que las declaraciones de los condenados necesitaban una corroboración objetiva basada en algún dato externo. Frente a ello, el fiscal incidió en que dichas manifestaciones adquieren "eficacia suficiente para destruir la presunción de inocencia, máxime cuando se trata de coimputados ya condenados que declaran en el juicio como testigos y obligados a hacerlo".

VALORACIÓN DEL INFORME.

Sobre el propio informe de ADN, la Fiscalía puso de relieve que debió ser "directamente valorado" por la Sala porque "su presencia no impugnada en la causa --ni por las acusaciones ni por la defensa-- le obligó a considerar su existencia". Recalcó que, incluso teniendo en cuenta que un informe oficial no se hubiese introducido en un juicio, "no puede negársele al menos el valor de mera denuncia de los atestados e informes periciales no ratificados en la vista oral".

De esta manera, el recurso consideraba que "no puede sino considerarse como arbitraria e irracional" la decisión del tribunal de no valorar las declaraciones de Ramada y Yoldi, a pesar de existir "ese mínima corroboración en el contenido de una denuncia obrante en la causa, aunque no en el juicio" sobre la presencia de restos orgánicos de ADN de Vicario Setién en el lugar del secuestro de Aldaya.

Ante esta actuación, insistió en que el informe obraba en la causa y fue recibido por el tribunal y por las partes "sin objeción alguna a tal recepción", por lo que recuerda que la Sala tiene obligación de "examinar por sí mismo libros, documentos y papeles para esclarecer los hechos". Agregó que incluso "las acusaciones interesaron en el juicio que se tuviera por reproducida como el resto de la documental", antes de elevar a definitivas sus respectivas conclusiones.

Por todo ello, la Fiscalía pidió que se modifique el relato de hechos de la sentencia de la siguiente forma: "Gregorio Vicario Setién participó en la captura y en la custodia de José María Aldaya en el mismo lugar en el que estuvo encerrado, así como en la vigilancia del mismo al tiempo de su liberación. Su perfil genético fue identificado al cotejarse el propio con el presente en una maquinilla de afeitar encontrada en el lugar del secuestro".