El TS confirma la condena de inhabilitación por 7 años para un ex alcalde de EH por comprar un ordenador para un etarra

El alto tribunal señala que la ayuda era legal, pero el alcalde prevaricó por no someter el gasto a decisión del Pleno municipal

Europa Press Nacional
Actualizado: martes, 2 octubre 2007 19:36

MADRID, 2 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 7 años de inhabilitación para empleo o cargo público impuesta en enero de este año al ex alcalde de Andoain (Guipúzcoa) José Antonio Barandiaran y a un ex concejal de esta localidad, ambos de EH, por sufragar la compra de un ordenador para un preso de ETA. La ayuda era legal, porque encajaba dentro de la partida municipal destinada a los reclusos, pero hubo prevaricación porque este gasto no fue sometido a la decisión del Pleno municipal de este municipio.

En una sentencia hecha pública hoy, el Supremo confirma que, al igual que ya señalara la Audiencia Provincial de Guipúzcoa en su resolución del pasado 15 de enero, el gasto por valor de 4.617,72 euros destinado al ordenador es legal, pues puede considerarse comprendido dentro de las finalidades de la Comisión de Derechos Humanos de los Presos constituida en el Consistorio. No obstante, el interventor municipal puso reparos a dicho gasto.

El carácter arbitrario de la decisión de Barandiaran se encuentra, según la sentencia del Tribunal Supremo, en la "falta de competencia y de la omisión del procedimiento establecido, en cuanto causan la desaparición de las posibilidades de control por parte del Pleno del Ayuntamiento, que era el órgano al que correspondía finalmente decidir si aceptaba o no el reparo formulado por la Intervención en uso de sus legítimas atribuciones, según la ley".

Los fundamentos jurídicos de la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Miguel Colmenero, destacan que el ex concejal Jesús María Olazábal Iñurrita aprobó el gasto el 21 de mayo de 2003, pocos días antes de las elecciones municipales y a pesar del reparo formulado por la intervención. Por su parte, el ex alcalde ordenó ese mismo día hacer efectivo el importe.

"El efecto de su decisión fue asimismo sustraer al conocimiento del Pleno una decisión que legalmente le correspondía, con o cual suprimió ilegalmente cualquier posibilidad de control acerca de la cuestión", añade el alto Tribunal.

NO HUBO ESFUERZO ECONÓMICO.

La sentencia añade que, a pesar de que los ediles devolvieron de su bolsillo lo que costó el ordenador antes de que la Fiscalía citara el precio exacto en su informe, si se tienen en cuenta los ingresos de ambos ediles hay que concluir que "la cantidad reclamada no supone un esfuerzo económico de tanta relevancia como para justificar por sí mismo la aplicación de la atenuante como muy cualificada", como ambos reclamaban en su recurso ante el Supremo.

La sentencia del pasado mes de enero absolvió a Barandiaran y ría Olazabal del delito de malversación de caudales públicos, por el que la Fiscalía solicitaba también para ellos cuatro años de prisión.

HECHOS PROBADOS.

Según recoge la sentencia, la Comisión de Derechos Humanos de los Presos del Consistorio acordó el 19 de mayo de 2003 proponer al Ayuntamiento que abonara los 2.057 euros derivados de la compra de un ordenador al preso Asier Oiartzabal, encarcelado en París, así como 2.560 euros en concepto de traslado en autocar a Madrid para asistir a los juicios contra otros dos reclusos del municipios.

Sin embargo, la interventora municipal realizó un informe de fiscalización en el que estimó que ese acuerdo era "nulo de pleno derecho", al entender que no existía "consignación presupuestaria" para esos gastos en la partida fijada para la citada Comisión. Asimismo, dictó que el Pleno era el órgano competente para resolver esa "discrepancia" y aprobar o no esa partida.

El 25 de ese mismo mes de mayo de 2003 se celebraron elecciones municipales, en las que resultó elegido alcalde José Antonio Pérez Gabarain (PSE-EE).

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