El TS reduce condenas a 13 integrantes del "clan de los gordos" porque no son organización criminal

Europa Press Nacional
Actualizado: jueves, 8 mayo 2014 12:38

MADRID, 8 May. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha reducido las condenas de 13 de los integrantes del conocido como 'Clan de los Gordos' que traficaba con droga en la zona de Valdemingómez de Madrid, entre ellas las de los patriarcas Juan José Hernández Ramírez y su esposa, Adela Motos García, por entender que no se les debió aplicar la agravante de pertenencia a organizacion criminal. Argumenta que el grupo familiar criminal del que formaban parte no alcanzaba la categoría más grave de organizacion criminal prevista en el Codigo Penal.

Durante el juicio en la Audiencia de Madrid, los patriarcas alegaron que les había tocado la lotería en 2003 para justificar los 35.000 euros que se hallaron en su casa situada en el Pozo del Tío Raimundo, así como las joyas de oro valoradas en 12.000 euros.

Ni la Audiencia ni ahora el Supremo creen esta versión, aunque el alto tribunal señala en la resolución dada a conocer este jueves que el ámbito territorial de actuación del clan era su barrio de residencia (la Cañada Real), y de lo incautado e investigado no se ha probado que manejaran cantidades de droga especialmente importantes ni con grandes resultados ni con un sistema de blanqueo propio de una gran estructura organizativa.

SEIS ABSUELTOS

Su "clan", según el Supremo, tiene más bien tienen las características de una unión de personas constituida para el trafico de drogas al menudeo. Además de reducir la pena a 13 de los miembros del grupo -los patriarcas ven reducida su condena desde 19 años y un día de cárcel a 12 años y 7 meses de prisión-, se absuelve a otras seis personas por no existir prueba suficiente contra ellas.

La sentencia indica que la reforma del Código Penal de 2010 estableció una distinción entre organización criminal, más grave, y grupo criminal, y en este último apartado donde debe encuadrarse el clan de 'Los Gordos', lo que supone una rebaja de entre 2 y 6 años a 13 condenados. Al único procesado al que se le condeno solo por tenencia ilícita de armas se le mantiene la pena de un año y medio de cárcel.

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