TSJA desestima recursos de apelación interpuestos por Urquía y continúa tramitando la causa contra él

Actualizado: miércoles, 12 marzo 2008 19:50

GRANADA, 12 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado los recursos de apelación interpuestos por el juez Francisco Javier de Urquía, suspendido de sus funciones por el Consejo General de Poder Judicial, y el imputado Arnaud F.A. contra el auto que elevó la causa vinculada a la operación 'Malaya' a procedimiento abreviado. De este modo la causa contra Urquía continuará tramitándose y se dará traslado al fiscal para que formule su escrito de calificación.

El auto de la Sala Civil y Penal del TSJA, al que tuvo acceso Europa Press, rechaza los recursos interpuestos y considera que el auto del juez instructor tiene "suficientemente motivada" y "de forma lógica, coherente y razonada" su decisión contra los procesados por los delitos de prevaricación y cohecho por los que está imputado también el presunto cerebro de la trama de corrupción en Marbella (Málaga), Juan Antonio Roca.

Lo hace después de que tanto la representación procesal de De Urquía como la de Arnaud F.A. recurrieran el auto por "vulneración del artículo 24.2 de la Constitución y del derecho a ser enjuiciado por el procedimiento del Tribunal del Jurado", por vulnerar el derecho de defensa por "inconcreción" del relato fáctico, la "precipitación" de la conclusión de las diligencias previas y por "inconsistencia de la prueba indiciaria".

SIN JURADO.

Respecto a la alegación de no haberse seguido el enjuiciamiento ante el Tribunal del Jurado, la Sala dice que el delito de prevaricación no está incluido en la competencia del Jurado. En cuanto al resto de motivos, el TSJA detalla que "no se imputa hecho alguno" sino que se pasan las actuaciones a las partes acusadoras por si consideran que "pueden sustentar una pretensión penal".

CLARIFICACIÓN EN LA PETICIÓN FISCAL.

En cualquier caso, según consta en el auto, el defecto al que aluden los recurrentes sobre la ausencia de una exhaustiva y pormenorizada descripción de los hechos "quedaría salvaguardado y subsanado por el escrito de acusación del Ministerio Fiscal que será próximamente formulado, ya que permitiría conocer perfectamente los hechos imputados" al juez y el resto de procesados.

Así, argumenta la Sala, la finalidad de la resolución discutida, contra la que ya no cabe recurso alguno, es conferir el oportuno traslado procesal para que la calificación pueda verificarse.

"En ningún momento se ha cuestionado, en esta fase procesal, la presunción de inocencia de aquellos que deberá ser respetada en tanto no exista sentencia firme".

El instructor de la causa, que está vinculada al caso 'Malaya' y en la que se investigan posibles pagos de Roca a De Urquía, considera que se han practicado las "diligencias imprescindibles" para continuar el proceso.

El hecho de que las conclusiones a las que llega el auto recurrido no sean coincidentes con la tesis de la parte recurrente es una discrepancia que entra dentro de "la mecánica habitual del proceso penal" pero de ahí no se sigue que sea "inmotivado" o haya incurrido en "arbitrariedad", afirma el tribunal, para añadir que "la determinación final de los hechos es labor que se concretará en el acto del juicio oral".

No puede alegarse válidamente vulneración del principio acusatorio, consta en el auto, cuando aún los miembros "no han adquirido el status procesal de acusados", explica.

DESESTIMA OTRO RECURSO POR UNA PRUEBA.

Por otra parte, el TSJA ha desestimado un recurso de apelación que fue interpuesto también por De Urquía y Arnaud F.A. contra una providencia en la que se acordó no acceder a la solicitud de la prueba consistente en solicitar certificación literal de las normas de reparto vigentes en los Juzgados de Marbella al 16 de marzo de 2006.

El auto impugnado es "conforme a derecho" y su decisión de inadmisión de nueva diligencia de investigación "no provoca indefensión alguna para la parte apelante" que podrá solicitar las que a su derecho convenga caso de formularse escrito de acusación, en el momento procesal oportuno. Por todo ello desestima el recurso de apelación y confirma el auto recurrido.